Ayudas a las universidades públicas de Castilla y León para el apoyo al desarrollo de la formación on-line cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Código de ayuda:

S53455/18

Norma:

ORDEN EDU/1098/2018, de 10 de octubre. Orden de 29 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a las universidades públicas de Castilla y León para el apoyo al desarrollo de la formación on-line, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a iniciar en 2019.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiario de estas ayudas las universidades públicas de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Cursos on-line cero o de introducción.

b) Cursos on-line contenidos en plataformas internacionales de acceso abierto.

c) Titulaciones oficiales on-line: De grado, de master y de doctorado.

Requisitos:

a) El cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación, de conformidad con según el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

b) La llevanza de una contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las operaciones que desarrollen, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. Se entenderá que se cumple con esta obligación cuando cada uno de los gastos esté perfectamente identificado en la contabilidad
y separado de cualquier otro gasto distinto.

Documentos asociados

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