Ayudas a las universidades de Cataluña para actuaciones de fomento y uso de las lenguas en el ambito universitario (INTERLINGUA 2015).

Código de ayuda:

S14646/15

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/572/2015, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Del día 20 de abril hasta el día 20 de mayo de 2015 ambos incluidos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a las universidades de Cataluña para actuaciones de fomento y uso de las lenguas en el
ámbito universitario que se desarrollen durante el año 2015 y el curso académico 2014-2015, según la
modalidad de ayuda.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según modalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los servicios lingüísticos de las universidades públicas y privadas de Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Modalidad A: ayudas para actuaciones de fomento y uso del catalán y de terceras lenguas en el ámbito
universitario.

De acuerdo con los objetivos de política lingüística de la Secretaría de Universidades e Investigación (SUR), estas actuaciones deben concretarse en las siguientes submodalidades:

a) Elaboración de pruebas interuniversitarias, en el marco de la Asociación de Centros de Lenguas en la
Enseñanza Superior (ACLES) y de la Confederación Europea de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior
(CERCLES), para la acreditación de los niveles adecuados de conocimientos lingüísticos de terceras lenguas, preferentemente el inglés, del estudiantado.

b) Convocatoria de pruebas interuniversitarias, en el ámbito de la ACLES y de la CERCLES, que permitan la acreditación de los niveles adecuados de conocimientos lingüísticos de terceras lenguas, preferentemente el inglés, del estudiantado.

Las pruebas y las convocatorias correspondientes a los apartados a) y b) se elaborarán conjuntamente entre los servicios de lenguas universitarios y deben ser comunes a fin de garantizar la homogeneización de estos niveles entre las universidades catalanas.

c) Convocatoria de pruebas que conduzcan a la acreditación del nivel de suficiencia de catalán para el personal docente e investigador (PDI).

Estas pruebas deben estar orientadas a aumentar la docencia universitaria en catalán y, por extensión, la presencia y el uso de esta lengua en la comunidad universitaria.

d) Elaboración de recursos lingüísticos que conduzcan a incrementar la docencia y la investigación en catalán y en inglés en el marco del espacio europeo de educación superior.

Estos recursos deben promover la disponibilidad multilingüe de las instituciones universitarias y la
internacionalización del sistema universitario catalán.

e) Programas y actividades orientados a potenciar la acogida y el intercambio lingüísticos y culturales del estudiantado, el PDI y el personal de administración y servicios (PAS), internacional y local.

Estas actuaciones deben promover el plurilingüismo y la internacionalización "en casa".

— Modalidad B: ayudas para el mantenimiento y la actualización de los espacios de autoaprendizaje de lengua catalana y de terceras lenguas dirigidos al profesorado, al PAS y al estudiantado.

Las líneas de actuación de esta modalidad deben encajar en las siguientes submodalidades:

a) Elaboración, con respecto a la lengua catalana, de nuevos materiales didácticos, preferentemente virtuales, relacionados con los diferentes niveles del marco común europeo de referencia para las lenguas (MECRL), herramientas de evaluación continuada, test y pruebas de nivel en línea, etc., de acuerdo con los criterios fijados en el marco de actuación de la Comisión Interuniversitaria de Formación y Acreditación Lingüísticas de Cataluña (CIFALC).

b) Elaboración, en cuanto a las terceras lenguas, de nuevos materiales didácticos, preferentemente virtuales, relacionados con los diferentes niveles del MECRL, herramientas de evaluación continua, test y pruebas de nivel en línea, etc., de acuerdo con los criterios establecidos en el marco de la ACLES.

c) Oferta de cursos virtuales de aprendizaje de lenguas.

d) Organización de jornadas de formación del profesorado de lengua catalana o de terceras lenguas.

De la cantidad total solicitada por cada universidad en el conjunto de las modalidades A y B, un mínimo de un 40% debe corresponder a actuaciones y proyectos de lengua catalana, y un mínimo de un 30%, a actuaciones y proyectos de terceras lenguas. A esos efectos se considerará que, en el caso de presentar actividades o proyectos multilingües, la parte en lengua catalana y la parte en terceras lenguas constituyen cada una un 50% del total de la actividad o proyecto en cuestión, salvo que en la solicitud se especifique un porcentaje distinto para cada bloque lingüístico.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar una relación detallada con la entidad otorgante y la cantidad solicitada u obtenida.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Cumplir con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.

f) En el supuesto de que la universidad tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, prever, junto con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo.

g) Hacer constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contienen el texto que debe figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan en ellos, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

h) Cumplir la finalidad de la subvención mediante la realización de la actividad subvencionada en el plazo que determinen estas bases.

La acreditación de estos requisitos se realizará mediante la declaración acreditativa o la declaración
responsable correspondiente, que se incorporará en el formulario de aceptación de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6841
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento