Ayudas a las salas de exhibicion independientes para el acceso a copias de peliculas iberoamericanas o comunitarias, la modernizacion de la taquilla y la mejora de los sistemas de control y de comercializacion electronica de entradas.- Convocatoria 2011.- Nuevo plazo de solicitud 2011.

Código de ayuda:

S14364/11

Norma:

ORDEN de 21 de febrero de 2011. ORDEN de 12 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La modernización tecnológica de la taquilla y mejora de los sistemas de control y comercialización electrónica de entradas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Porcentaje máximo de la subvención: 50 % del presupuesto aceptado

- Cuantía máxima de la subvención: 30.000 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las salas de exhibición independientes con personalidad jurídica privada establecidas en un Estado de la Unión Europea y con sede permanente en Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de equipos o softwares destinados a la moderniación tecnológica de la taquilla, mejora de los sistemas de control y de comercialización electrónica de entradas.

Requisitos:

Salas de exhibición independientes que:

- Cuenten preferentemente con un máximo de tres pantallas y que estén establecidas en un Estado de la Unión Europea y con sede permanente en Andalucía.

- Estén inscritas en el Registro Administrativos de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICCA) del Ministerio de Cultura, en las secciones 3ª, o en su caso, en el que se pueda crear como Registro de la Administración de la Junta de Andalucía, y que cumplan la definición del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 54
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 03/06/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 108
Documento: Nuevo plazo de solicitud 2011. Descargar Documento