Ayudas a las personas trabajadoras autonomas que por motivos de maternidad, paternidad, adopcion, acogimiento preadoptivo o permanente, realicen la contratacion de una mujer desempleada e inscrita en el Servicio Publico de Empleo, que les permita ser sustituidas y disfrutar de estos periodos de descanso.
Código de ayuda:
S47091/08Norma:
RESOLUCION 1737/2008, de 28 de mayo.Plazo de Solicitud:
Las solicitudes se presentarán dentro del mes siguiente a la finalización del contrato de la mujer sustituta.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación del procedimiento de concesión de ayudas a las personas trabajadoras autónomas que por motivos de maternidad, paternidad, adopción, acogimiento preadoptivo o permanente, realicen la contratación de una mujer desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo, que les permita ser sustituidas y disfrutar de estos periodos de descanso.Categorías Subvención
Empleo
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La presente subvención consiste en una cantidad a tanto alzado, que se tramitará como pago único y por la totalidad de la cuantía concedida, destinada a sufragar los gastos derivados de la los costes salariales de la contratación de hasta un máximo de 1.500 euros cuando la beneficiaria sea una trabajadora autónoma, reduciéndose proporcionalmente cuando la contratación se realice por periodo inferior a dieciséis semanas.En caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiple, así como de hijos o hijas con discapacidad, la cuantía se incrementará en 187 euros.
En caso de que el periodo de dieciséis semanas, sea compartido por el otro progenitor, salvo las seis semanas posteriores al parto, la cuantía a percibir se incrementará hasta un máximo de 1.650 euros.
En caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiple, así como de hijos o hijas con discapacidad, la cuantía se incrementará en 206 euros.
En el supuesto de la baja por paternidad, el trabajador autónomo tendrá derecho a percibir la cuantía de 210 euros, que se ampliará en 17 euros por cada día que se incremente dicha prestación por paternidad,
prevista en futuras normativas.
En caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiple, la cuantía se incrementará en 34 euros.
La suma de todas las cuantías nunca excederá del coste total de la contratación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
Detalle beneficiarios:
Las personas dadas de alta como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia en la Comunidad Foral de Navarra y se hayan dado de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social o mutua decolegios profesionales que realicen la contratación de mujeres desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo, para ser sustituidas durante los periodos de descanso por maternidad, paternidad,
adopción, o acogimiento preadoptivo o permanente.
Documentos asociados
Boletín:
23/06/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 77
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 77
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