Ayudas a las organizaciones sindicales mas representativas en el ambito de las Illes Balears para fomentar el hecho sindical por medio de la participacion institucional y del seguimiento y evaluacion de los pactos locales de empleo.
Código de ayuda:
S56637/08Norma:
Resolucion 1 de agosto de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/09/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de concesión de ayudas económicas para fomentar el hecho sindical mediante losPrograma I: Participación institucional de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de las Illes Balears en las diversas mesas y consejos que penden de la Consejería de Trabajo y Formación.
Programa II. Acciones de seguimiento y evaluación de cada uno de los pactos locales de empleo por parte de las organizaciones sindicales más representativa que los han firmado.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor
Islas BalearesConvoca:
Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
1. Las ayudas dirigidas a fomentar el hecho sindical previstas en esta convocatoria pueden ser solicitadas por los sindicatos y organizaciones sindicales que acrediten la condición de más representativas en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears de conformidad con el artículo 7 de la Ley orgánica11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical (BOE de 8 de agosto), de acuerdo con los resultados obtenidos en las elecciones a órganos de representación unitaria de los trabajadores en las empresas y en los correspondientes órganos de representación de las administraciones públicas.
Requisitos:
a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social antes de dictar la propuesta de resolución.b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.
c) No estar sujeto a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005.
Documentos asociados
Boletín:
14/08/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 113
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 113
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
