Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y a las entidades asociativas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de la representación y defensa de sus asociados en las políticas públicas relacionadas con el sector agrario.- Convocatoria 2020.

Código de ayuda:

S08837/18

Norma:

Orden 30/2018, de 19 de febrero. Resolución de 28/03/2018. Resolución de 13/02/2019. Resolución de 28/05/2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es colaborar con las Organizaciones previstas en el apartado anterior, para mantener su funcionamiento y la colaboración que prestan a esta Consejería a través de los distintos órganos de participación y asesoramiento, mejorando en consecuencia el servicio prestado al sector agrario en general.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será la cantidad resultante del reparto proporcional del importe total asignado a cada convocatoria en función de los puntos obtenidos en el apartado cuarto punto dos, con el límite de los gastos considerados como subvencionables que se hayan justificado.

No obstante, se establece como límite máximo de la cuantía de la ayuda a percibir por beneficiario el del 30% de la cuantía total de esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

a) Las Organizaciones Profesionales Agrarias que sean de carácter general y de ámbito regional, que formen parte de una estructura a nivel estatal, la cual sea a su vez miembro del Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias.

b) Las entidades asociativas representativas de las cooperativas agrarias de Castilla-La Mancha, sin ánimo de lucro, de ámbito regional, y que formen parte de los órganos de participación y asesoramiento de esta Consejería.

Requisitos:

a) Tener su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma, según lo establecido en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda en materia de subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la seguridad social y del reintegro de subvenciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en los casos que se establecen en el art. 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en el caso de estar sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales.

Documentos asociados

Boletín: 23/02/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 39
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Boletín: 05/04/2018
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Boletín: 21/02/2019
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