Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias implantadas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S42419/16

Norma:

Orden de 19/10/2016. Resolución de 01/12/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2016 las ayudas a Organizaciones Profesionales Agrarias, para mantener su funcionamiento y en consecuencia, mejorar el servicio prestado al sector agrario en general y la colaboración que se presta a esta Consejería a través de los distintos órganos de participación y asesoramiento.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la convocatoria correspondiente al año 2016 se prevé la existencia de un crédito de 300.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden las Organizaciones Profesionales Agrarias que sean de carácter general y de ámbito regional, que formen parte de una estructura a nivel estatal, la cual sea a su vez miembro del Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los derivados del mantenimiento adecuado de los locales de las Organizaciones Profesionales Agrarias: gastos de luz, agua y calefacción.

b) Los derivados del personal contratado: el salario neto, las cuotas de la Seguridad social u otros seguros sociales y retenciones del Impuesto de la Renta Personas Físicas de cada trabajador.

c) La adquisición y el mantenimiento de los bienes de equipo y los medios técnicos necesarios para el desarrollo adecuado de su actividad. Estos bienes de equipo deberán destinarse, al menos durante cinco años, al fin concreto para el que se concede la subvención.

Requisitos:

a) Tener su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma, según lo establecido en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda en materia de subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la seguridad social y del reintegro de subvenciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en los casos que se establecen en el art. 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

d) Disponer de un pan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en el caso de estar sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 212
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento