Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias.

Código de ayuda:

S09219/26

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2026. ORDEN 15/2017, de 16 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones, para la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá superar el 50 % del gasto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las cooperativas agroalimentarias, o las cooperativas de segundo grado constituidas mayoritariamente por cooperativas agroalimentarias, resultantes de un proceso de fusión. Las entidades participantes en el
proceso podrán ser, aparte de cooperativas o escisiones de las mismas, sociedades civiles o mercantiles.

b) Las cooperativas de segundo grado constituidas mayoritariamente por cooperativas agroalimentarias.

c) Los grupos cooperativos constituidos mayoritariamente por cooperativas agroalimentarias.

d) Las sociedades mercantiles en las que, al menos el 50 % de sus personas socias sean cooperativas agroalimentarias y ostenten más del 50 % de los derechos de voto de la entidad.

e) Las cooperativas agroalimentarias que se integren en cualquiera de las entidades resultantes descritas en las letras b, c y d. En este caso, los únicos conceptos subvencionables serán la maquinaria y bienes de equipo que deban adquirir, de acuerdo con lo establecido en el Plan de integración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Alquiler de inmuebles destinados a oficinas, así como material consumible.

b) Servicios de comunicaciones, energía eléctrica, suministro de agua y limpieza de locales.

c) Asesoramiento jurídico, fiscal, laboral y elaboración de auditorías.

d) Retribuciones del personal técnico, de administración y dirección, directamente relacionado con el proyecto, incluyendo los gastos de formación necesarios para adaptarse a la nueva estructura. También
serán auxiliables, los gastos de personal derivados de la adecuación de las plantillas laborales, a la situación resultante después de la integración.

e) Dietas y gastos de viaje relacionados con el proceso de integración, incluido el alquiler de vehículos.

f) Gastos de amortización de los activos que sea necesario desinvertir debido a la integración, que deberán estar avalados por el informe de auditoría correspondiente.

Requisitos:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.

b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la normativa aplicable y, en su caso, en el correspondiente informe técnico de subvencionalidad, emitido por el órgano instructor.

c) Someterse a las actuaciones de control a efectuar, en relación con la operación subvencionada, por el órgano concedente y por la Intervención General de la Generalitat, aportando cuanta información le
sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones. Asimismo, deberán mantener a disposición de las entidades arriba mencionadas, los justificantes de gastos y de ingresos de la operación, hasta cinco años después de la fecha en que la Generalitat resolvió conceder la subvención.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Estas comprobaciones se realizarán de oficio por la dirección general competente en materia de
cooperativas agroalimentarias, salvo que conste en la solicitud la oposición expresa por parte de la entidad interesada. En tal caso, esta deberá aportar la acreditación correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8047
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10329
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/03/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10329
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento