Ayudas a las organizaciones de productores pesqueros, de ambito nacional, previstas en el articulo 37, letra n) del Reglamento (CE) nº 1198/2006 y en el articulo 9 del Reglamento (CE) nº 104/2000.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S33037/10

Norma:

Orden ARM/1282/2010, de 6 de mayo. Reglamento (CE) nº 1198/2006. Reglamento (CE) nº 104/2000. Orden ARM/2254/2010, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas destinadas a las organizaciones de productores pesqueros para las siguientes actuaciones:

a) Por la creación de organizaciones de productores pesqueros o la asociación de varias de ellas reconocidas con carácter nacional, con objeto de facilitar su establecimiento y funcionamiento administrativo.

b) La aplicación de planes de mejora de la calidad de sus productos de las organizaciones de productores que hayan sido reconocidas específicamente en virtud del artículo 12 del Reglamento (CE) número 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y la acuicultura.

c) Por la reestructuración de organizaciones de productores o sus asociaciones, para dotarlas de una nueva organización que haga más eficaz su actividad y más rentable, adecuando su producción a las exigencias del mercado y contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de la política pesquera común.

d) Una ayuda excepcional y temporal hasta la campaña 2010 establecida en el Reglamento (CE) número 744/2008 del Consejo, de 24 de julio de 2008, por el que se establece una acción específica temporal para promover la reestructuración de las flotas pesqueras de la Comunidad Europea afectadas por la crisis económica, a las organizaciones de productores que ya no tengan derecho a ayudas en virtud del artículo 10 del Reglamento (CE) número 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, para compensar los
costes derivados de las obligaciones impuestas a las mismas, en los mismos términos que establece el artículo 9 del citado Reglamento.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación de estas subvenciones se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.16.415B.774.05 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010, en una cuantía máxima de 250.880 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones de productores pesqueros o sus asociaciones reconocidas por la Administración General del Estado al amparo del Reglamento (CE) número 104/2000, del Consejo de 17 de diciembre de 1999, cuyo ámbito de actuación se extienda a todo el territorio nacional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La creación de organizaciones de productores pesqueros o la asociación de varias de ellas reconocidas con carácter nacional, con objeto de facilitar su establecimiento y funcionamiento administrativo.

b) La aplicación de planes de mejora de la calidad de sus productos de las organizaciones de productores que hayan sido reconocidas específicamente en virtud del artículo 12 del Reglamento (CE) n.º 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y la acuicultura.

c) Su reestructuración con el fin de dotarlas de una nueva organización que haga más eficaz su actividad y más rentable, adecuando su producción a las exigencias del mercado y contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de la política pesquera común.

d) Una ayuda excepcional y temporal hasta la campaña 2010 establecida en el Reglamento (CE) n.º 744/2008 del Consejo de 24 de julio de 2008, por el que se establece una acción específica temporal para promover la reestructuración de las flotas pesqueras de la Comunidad Europea afectadas por la crisis económica, a las organizaciones de productores que ya no tengan derecho a ayudas en virtud del artículo 10 del Reglamento (CE) n.º 104/2000, del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, para compensar los costes
derivados de las obligaciones impuestas a las mismas, en los mismos términos que establece el artículo 9 del citado Reglamento.

Documentos asociados

Boletín: 21/01/2000
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L17/22
Documento: Reglamento 104/2000 Descargar Documento
Boletín: 15/08/2006
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L 223/1
Documento: Reglamento 1198/2006 Descargar Documento
Boletín: 17/05/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 120
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/08/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 202
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento