Ayudas a las obras de rehabilitación, adecuación y modernización de áreas industriales.
Código de ayuda:
S15773/04Norma:
Orden 4824/2004, de 3 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/07/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de las ayudas para la ejecución de obras de rehabilitación, mejora y adecuación de las áreas industriales existentes, acondicionando sus infraestructuras industriales y de servicios básicas a la recualificación del entorno empresarial y laboral.Las ayudas serán confinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en las áreas ubicadas en la Zona Objetivo 2 de la Unión Europea.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Inversiones Materiales y Equipos
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Será del 20 por 100 del coste de las actuaciones subvencionables.Esta ayuda podrá incrementarse en un porcentaje adicional siempre que exista aportación municipal.
Este porcentaje adicional será igual al porcentaje de aportación municipal, sin que en ningún caso la subvención total a aportar por la Comunidad de Madrid por este concepto supere una cantidad equivalente al 35 por 100 del coste de las actuaciones subvencionables, con el límite máximo de 2 millones de euros para cada proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los respectivos Ayuntamientos donde se encuentran ubicadas las áreas industriales sobre las que se realizan las actuaciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Será subvencionable el coste de las obras necesarias para la rehabilitación, adecuación y mejora de la urbanización y de todos los servicios (incluidas guarderías) de las áreas industriales, así como el de la instalación del cableado de banda ancha y el sistema de acceso por radio a la transmisión por banda ancha.Los honorarios facultativos de la dirección de las actuaciones subvencionadas serán subvencionables cuando sean realizadas por personal externo.
Documentos asociados
Boletín:
08/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 135
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 135
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
08/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 135
Documento: Solicitud y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 135
Documento: Solicitud y Anexos Descargar Documento
Boletín:
17/12/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 300
Documento: Anulación Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 300
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