Ayudas a las iniciativas y procesos de reestructuración de las cooperativas agrarias, en el marco de la integración cooperativa y se aprueba la convocatoria para el año 2006.
Código de ayuda:
S43664/06Norma:
ORDEN FORAL 335/2006, de 30 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/11/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas ayudas tiene por objeto apoyar la reestructuración del sector de las cooperativas agrarias de Navarra, asegurando la viabilidad de la actividad productiva agraria en un marco de competitividad y garantizando la sostenibilidad del medio rural.A través de las presentes bases se establecen las ayudas para:
a) La puesta en marcha de procesos de fusión o absorción cooperativos, conforme a la Medida 5 del Anejo II del Plan de Reestructuración Cooperativa.
b) El desarrollo inicial de las nuevas organizaciones resultantes de la asociación de cooperativas, conforme a la Medida 6 del Anejo II del Plan de Reestructuración Cooperativa.
c) La mejora de la gestión comercial, conforme a la Medida 8 del Anejo II del Plan de Reestructuración Cooperativa. Las acciones de promoción deberán tener un importe superior a los 60.000 euros.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Puesta en marcha de procesos de fusión o absorción cooperativos: hasta el 50% de los gastos auxiliables, con un máximo de 50.000 euros.2. Desarrollo inicial de nuevas organizaciones resultantes de la asociación de cooperativas: 50% de los gastos elegibles durante los tres primeros años de funcionamiento de la entidad resultante y 40% el cuarto año. La ayuda se otorgará de manera decreciente, con los topes anuales de 80.000, 60.000, 40.000 y 20.000 euros para el primero, segundo, tercero y cuarto año respectivamente.
3. Mejora de la gestión comercial: hasta el 50% del presupuesto aprobado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las tres ayudas establecidas en estas bases reguladoras las cooperativas agrarias del campo y las de explotación comunitaria de la tierra, definidas conforme a los apartados a) y c) del artículo 62, así como las cooperativas agrarias de segundo y ulterior grado contempladas en el artículo 75, de la Ley Foral 12/1996, de 2 de julio, de Cooperativas de Navarra, inscritas en los correspondientesregistros oficiales de cooperativas, responsables o resultantes de un proceso de integración cooperativa, mediante fusión o absorción cooperativa, conforme al Plan de Actuaciones aprobado por el Gobierno de Navarra.
Para las ayudas a la mejora de la gestión comercial también podrán ser beneficiarias:
a) Las cooperativas señaladas en el apartado anterior responsables de un proceso de integración cooperativa mediante acuerdo intercooperativo.
b) Las sociedades anónimas, sociedades limitadas, o cualquiera otras formas jurídicas de asociación, resultantes o implicadas en un proceso de integración cooperativa, siempre y cuando la mayoría del capital social de estas entidades esté ostentada por cooperativas agrarias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Para la puesta en marcha de procesos de fusión o absorción cooperativos:−Los de constitución, en caso de entidades de nueva creación.
−Las auditorias e informes de gestión.
−Los gastos de implantación y legalización.
−Los de sensibilización y asesoramiento de socios, rectores y técnicos.
−Los estudios de financiación, viabilidad y comercialización.
−Los notariales, registrales, altas, licencias y similares.
b) Para el desarrollo inicial de las nuevas organizaciones resultantes de la asociación de cooperativas:
−La adquisición de material de oficina, incluidos ordenadores y programas informáticos.
−Los costes del personal de administración.
−Los costes generales.
−Los costes de asesoramiento jurídico y fiscal y otros gastos legales y administrativos soportados.
−Los alquileres de oficinas, a precio de mercado, quedando excluidos los alquileres de otros tipos de locales.
−Hasta la inscripción en el Registro de Cooperativas de la entidad resultante de la fusión, serán elegibles gastos de personal de administración y generales de 2006 y en su caso, de 2007, soportados por las
entidades absorbidas, que deban mantener abierta su contabilidad a los efectos de garantizar los derechos de terceros y socios disidentes, conforme a lo previsto en la Ley Foral 12/1996, de 2 de julio de Cooperativas de Navarra.
c) Para la la mejora de la gestión comercial:
−Estudios de mercado de productos de calidad (DOP o IGP).
−Concepción y diseño de productos amparados por denominaciones de calidad.
−Organización de competiciones, exposiciones y ferias y participación en ellas. Específicamente serán elegibles en este apartado los derechos de participación, los gastos de viaje y dietas, el coste de las
publicaciones y el alquiler de las instalaciones donde se realice la exposición.
Requisitos:
En cualquier caso, las beneficiarias han de cumplir los requisitos para ser consideradas como PYME, según lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.En cualquier caso quedan excluidos gastos anteriores a la fecha de solicitud, excepto para la puesta en marcha de procesos de fusión o absorción cooperativos, en la que se admitirán gastos efectuados desde el uno de enero de 2006.
Quedan excluidas de ayudas las acciones propuestas por entidades cuyos objetivos sean incompatibles con un Reglamento del Consejo que establezca una organización común de mercado.
Para cada medida, el beneficiario deberá presentar la documentación justificativa de la inversión antes del 30 de noviembre del año que corresponda.
Documentos asociados
Boletín:
13/11/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 136
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 136
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