Ayudas a las entidades locales valencianas para la financiacion de los gastos de personal derivados del funcionamiento de los servicios de atencion a las personas en situacion de dependencia en el ejercicio 2007.

Código de ayuda:

S50537/07

Norma:

Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/06/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la financiación, para el periodo comprendido entre septiembre/diciembre de 2007, de las nuevas contrataciones/nombramientos de personal adscrito al funcionamiento de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, cuya titularidad recaiga en las entidades locales radicadas en el territorio de la Comunitat Valenciana, y que cumplan los
requisitos establecidos en la base segunda de la presente convocatoria.

Todo ello sin perjuicio de futuras convocatorias que garanticen un marco estable de financiación de los mismos con cargo a los presupuestos de la Generalitat.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Federación Valenciana de Municipios y Provincias (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades locales de la Comunidad Valenciana.

Requisitos:

Para la selección y distribución de las ayudas entre las entidades locales de la Comunidad Valenciana beneficiarias, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. Que se trate de una entidad local de las relacionadas en el anexo I de la presente convocatoria.
2. Que la entidad local acredite, mediante certificado expedido por órgano competente, la existencia de un servicio estable de atención a personas en situación de dependencia, con la adscripción al mismo de los medios materiales necesarios para su correcto funcionamiento (locales, mobiliario, equipo informático, conexión adsl, y personal de apoyo).
3. Que la entidad local donde se ubica el servicio de atención a la dependencia atienda a la población situada bajo su cobertura poblacional, de acuerdo con lo establecido en el anexo III de la presente
Convocatoria.
4. Asimismo, la entidad local deberá acreditar, de acuerdo con la asignación de personal técnico resultante, establecida en el anexo III de la presente convocatoria, la contratación laboral o nombramiento del personal con dedicación específica a las actuaciones referidas en materia de atención a la dependencia para el periodo recogido en la base primera de la presente convocatoria. Dicho personal deberá tener, al menos, titulación de diplomado universitario en áreas sociales, preferentemente Trabajador Social.
5. La entidad local deberá designar, de entre el personal adscrito al referido servicio, un responsable de la citada unidad, el cual ejercerá funciones de coordinación con los correspondientes órganos de la conselleria
de Bienestar Social con funciones específicas relacionadas con la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia.
La distribución de la ayuda a las Entidades Locales se realizará en función del número de trabajadores destinados al referido servicio de acuerdo con la cuantía asignada por trabajador y el número máximo
establecido en los anexos II y III de la presente convocatoria, según se determina en la Resolución 1598/2007, de 15 de mayo de la conselleria de Bienestar Social.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5534
Documento: Convocatoria Descargar Documento