Ayudas a las asociaciones de ganaderos para el fomento de las razas autóctonas españolas para el año 2026 en Cantabria.

Código de ayuda:

S32928/25

Norma:

Resolución 24 de noviembre de 2025. Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de enero de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dado que la tramitación de la solicitud se realiza de forma anticipada, el periodo para considerar los gastos como subvencionables abarcará desde el día 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre del año 2026. En el caso de que la solicitud se presente con posterioridad al 1 de diciembre de 2025, el periodo a considerar será desde la fecha de solicitud hasta el 30 de noviembre de 2026.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no podrá superar un máximo de 750 € por animal de nueva inscripción en el Libro Genealógico de la Asociación, nacido en el ejercicio que sirve de base de cálculo y hasta el máximo que permita el criterio de las UGM de cada asociación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las asociaciones de criadores de las especies y razas siguientes:
- Bovinas: Pasiega.
- Equinas: Monchina.
- Aviares: Gallina Pedresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Creación o mantenimiento de libros genealógicos incluida la calificación morfológica. Los conceptos subvencionables serán los gastos derivados de dicha actividad, incluidos los del local u oficinas, ordenadores y material informático y su mantenimiento o actualización, adquisición de material de oficina no inventariable y contratación y gastos de personal técnico y administrativo.

Requisitos:

a) Estar oficialmente reconocidas para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas españolas, por la comunidad autónoma correspondiente.

b) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Cumplir con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su
material reproductivo, y por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal (“Reglamento sobre cría animal”) y en el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen
las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo ; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.

d) Tener la condición de PYME de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.52 y anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

e) No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con el artículo 2.59 del Reglamento (UE) 2022/2472, Comisión de 14 de diciembre de 2022.

f) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Asimismo, los requisitos previstos en las letras b), d), e) y f), también deberán ser cumplidos por las explotaciones ganaderas en que se lleven a cabo las actividades subvencionables.

g) Cumplir los requisitos exigidos por el artículo 28.6 de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.

Documentos asociados

Boletín: 08/12/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 295
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/12/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 231
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/12/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 231
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento