Ayudas a las asociaciones de ganaderos con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca.

Código de ayuda:

S52528/05

Norma:

Sesión de 17 de octubre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es dar soporte a las asociaciones de ganaderos con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca.

La finalidad de estas ayudas es la mejora productiva, la lucha contra las enfermedades y la protección de las razas autóctonas de Menorca.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que puede percibir cada asociación, hasta que se agote la partida es:
- Para las actividades descritas en el apartado 4 puntos a), b), c), d) y e), hasta un máximo de 16.000 euros.
- Para los gastos de inversión descritos en el punto 4 f), hasta un máximo de 3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones ganaderas con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca legalmente constituidas y que tengan su domicilio social y ámbito de actuación en el territorio de Menorca.

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención las siguientes actividades llevadas a cabo durante el año 2005:
a. actividades ordinarias de la asociación.
b. actividades de protección de reserva genética de las razas de Menorca.
c. actividades de fomento y soporte de la cría de las diferentes especies de razas autóctonas.
d. Edición, publicación y difusión de estudios o catálogos.
e. Desarrollo y selección de las razas con finalidad productiva y sanitaria.
f. Gastos de inversión necesarios para realizar las actividades de desarrollo y selección de las razas con finalidad productiva y sanitaria.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 165
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento