Ayudas a las asociaciones de criadores de ganado de Cantabria de las especies bovina, equina, ovina y caprina.

Código de ayuda:

S08228/06

Norma:

Orden GAN/17/2006, de 6 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas a las asociaciones de ganaderos de las especies bovina, equina, ovina y caprina, con la finalidad de estimular y potenciar el desarrollo de nuevas actividades dentro del sector ganadero.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas concedidas a una única asociación en ningún caso superarán los 100.000 euros en un mismo período de tres años ni la menor de estas dos cantidades en cada ejercicio:
– 500 euros por cada socio incluido en la solicitud.
– 50 euros por U.G.M. incluida en la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de criadores de ganado de las especies bovina, equina, ovina y caprina legalmente constituidas que en la fecha de presentación de la solicitud cuenten con un mínimo de 25 socios y se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de las ayudas reguladas por la presente Orden las siguientes actividades:

a) Costes iniciales de funcionamiento de la asociación, como: Alquiler de locales apropiados, adquisición de
material de oficina, costes de personal administrativo, costes generales y gastos legales y administrativos. La cuantía de estas podrá alcanzar como máximo el 100% de los costes correspondientes al primer año de funcionamiento y se reducirá 20 puntos porcentuales cada año, de forma que el quinto no supere el 20% de dichos costes.
No se concederán ayudas respecto a costes posteriores al quinto año ni después del séptimo año siguiente a aquel en que se haya formalizado la inscripción de la asociación en el Registro Oficial correspondiente.

b) Prestación de apoyo técnico a las explotaciones de los asociados, a través de:
– Realización de programas y cursos de formación.
– Organización de concursos y ferias incluidos en el calendario oficial de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, conforme a lo dispuesto en la normativa en vigor.
– Contratación de personal con titulación oficial adecuada para la divulgación de nuevas técnicas, tales como
proyectos piloto o proyectos de demostración.
La cuantía de las ayudas previstas en el apartado 1.b) no superará el 70% de los gastos ocasionados.

Requisitos:

a) Los titulares integrados en la asociación deberá cumplir las normas mínimas impuestas por la normativa
Nacional y de la Unión Europea en materia de medio ambiente, higiene, bienestar, sanidad e identificación animal, así como todo lo referente a registro de explotaciones ganaderas.

b) Los titulares integrados en la asociación deberán serlo de explotaciones cuya actividad principal sea la cría
de ganado y el objeto de la ayuda solicitada esté directamente relacionada con dicha actividad.

Quedan excluidas de las ayudas reguladas por la presente Orden la Asociación Frisona de Cantabria (AFCA),
Asociación Nacional de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Tudanca, Asociaciones de Criadores de Ganado
Vacuno y Equino de Raza Monchina, Federación de Asociaciones Criadores de Razas Bovina de Aptitud Cárnica y asociaciones en ella integradas y la Asociación de Criadores de Ganado Equino de Raza Hispano Bretona, por beneficiarse de otras líneas de ayuda destinadas a las mismas finalidades.

Documentos asociados

Boletín: 21/03/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento