Ayudas a las actuaciones de rehabilitación y renovación en las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago y de A Ribeira Sacra para el año 2026.

Código de ayuda:

S22528/26

Norma:

Resolución de 4 de agosto de 2026.

Plazo de Solicitud:

Desde el 28 de agosto de 2026 a las 9:000h hasta el 28 de septiembre de 2026 a las 14:00h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones están dirigidas a financiar las actuaciones de rehabilitación o renovación en las áreas de rehabilitación integral (en adelante, ARI) de los Caminos de Santiago y de A Ribeira Sacra.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto gallego de vivienda y suelo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Crédito total: 2.830.000 €. (2.030.000 € para Caminos de Santiago y 800.000 € para A Ribeira Sacra).
Hasta el 50 % del coste subvencionable de la actuación.
Hasta el 75 % en determinados supuestos de renta inferior a 3 veces el IPREM o cuando residan personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Hasta 12.000 € por vivienda rehabilitada.
Hasta 30.000 € por vivienda construida en sustitución de otra demolida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las comunidades de personas propietarias y las agrupaciones de comunidades de personas propietarias constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal.

b) Las agrupaciones de personas propietarias.

c) Las personas físicas propietarias o usufructuarias de edificios o viviendas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones destinadas a garantizar la seguridad:

1º. Las actuaciones necesarias de refuerzo, reparación o consolidación de la estructura portante del edificio para garantizar las condiciones de seguridad necesarias y para evitar deformaciones en la estructura que produzcan daños en otros elementos de la edificación.

2º. Las actuaciones necesarias para eliminar, reparar o sustituir aquellos elementos constructivos que por su estado de conservación o por sus características puedan suponer un riesgo para los usuarios del edificio o producir daños en los edificios o espacios contiguos.

3º. Las actuaciones necesarias para garantizar la protección de los edificios frente al fuego y garantizar la seguridad en caso de incendio. Se incluyen en este apartado las actuaciones dirigidas a evitar la propagación del fuego en caso de incendio, instalar o reparar los sistemas de protección contra incendios, aislar la estructura del edificio para garantizar su resistencia en caso de incendio, así como las actuaciones necesarias para facilitar la evacuación del edificio en caso de incendio.

4º. La ejecución de las obras precisas para garantizar la utilización del edificio en condiciones de seguridad, eliminando el riesgo de caídas, de daños por impacto, atrapamiento o aprisionamiento.

5º. La protección del edificio frente a la acción del rayo.

b) Actuaciones destinadas a garantizar la protección frente al agua y la humedad:

1º. Las actuaciones sobre las fachadas, carpintería exterior y cubiertas de las edificaciones que tengan por objeto proteger el edificio frente al agua de lluvia.

2º. Las actuaciones que tengan por objeto proteger el edificio frente al agua proveniente del terreno.

3º. Las actuaciones que tengan por objeto evitar la condensación del agua en los paramentos o elementos constructivos de la vivienda mediante la eliminación de puentes térmicos, el establecimiento de elementos o sistemas de ventilación, el incremento del aislamiento térmico, la colocación de barreras frente al vapor de agua, etc.

c) Las actuaciones destinadas a garantizar las condiciones de salubridad de la vivienda:

1º. El establecimiento de sistemas de ventilación, activa o pasiva, que garanticen la calidad del aire exterior.

2º. La ejecución de medidas para evitar la entrada en el edificio del gas radón o la adopción de medidas para garantizar su eliminación del interior de las viviendas.

3º. Las actuaciones de reparación o dotación de las instalaciones idóneas para el suministro de agua.

4º. Las actuaciones de reparación o dotación de las instalaciones idóneas para la evacuación de aguas residuales.

d) Las actuaciones destinadas a adecuar, total o parcialmente, a la normativa vigente las instalaciones de los edificios y viviendas. Estas actuaciones incluyen las de reparación, actualización, mejora o sustitución de las instalaciones indicadas a continuación, con el fin de garantizar sus adecuadas prestaciones o adaptarlas, total o parcialmente, a la normativa específica de aplicación:

1º. Las instalaciones de abastecimiento de agua.

2º. Las instalaciones de evacuación de aguas residuales.

3º. Las instalaciones de electricidad.

4º. Las instalaciones de infraestructuras comunes de telecomunicaciones.

5º. Las instalaciones de agua caliente sanitaria.

6º. Las instalaciones térmicas de los edificios.

7º. Las instalaciones de suministro y almacenamiento de combustibles.

e) Las actuaciones destinadas a mejorar la protección frente al ruido (cumplimiento de los parámetros establecidos en el documento básico del Código Técnico de la Edificación DB-HR). Estas actuaciones incluirán las intervenciones necesarias sobre los elementos constructivos (en la envolvente del edificio y en los elementos de separación entre usuarios), encaminadas a la mejora del aislamiento al ruido aéreo y al ruido de impacto.

f) Las actuaciones destinadas a garantizar que las edificaciones cumplan las condiciones de ornato público, adecuación al entorno y de protección del patrimonio cultural o paisajístico:

1º. Las obras destinadas a la reparación o adecuación de las edificaciones para garantizar el ornato público exigible.

2º. El remate de fachadas con materiales adecuados al entorno, cuando aquellas tengan a la vista elementos concebidos para ser revestidos.

3º. La eliminación y sustitución de materiales, elementos o sistemas constructivos de las edificaciones que no resulten congruentes con su entorno.

4º. Las obras de reparación, rehabilitación y/o conservación de fachadas, carpintería exterior o cubierta de las edificaciones mediante el empleo de materiales que por sus características y colores resulten acordes con los de las edificaciones tradicionales del entorno y con el paisaje en el que estén emplazadas.

5º. En general, todas aquellas destinadas a garantizar la armonización de las edificaciones con las edificaciones tradicionales o históricas de su entorno y con el medio natural donde estén emplazadas.

6º. Las actuaciones que tengan por objeto adecuar los edificios a las exigencias derivadas de la normativa sobre protección del patrimonio cultural o paisajístico.

g) Obras para mejorar las condiciones de accesibilidad a los edificios y los accesos a las viviendas y locales:

1º. La instalación o sustitución de ascensores y salvaescaleras.

2º. La eliminación de las barreras arquitectónicas que puedan suponer un obstáculo para su utilización.

3º. La ejecución de obras o instalaciones, así como su adecuación para la utilización por personas con limitaciones sensoriales o motrices.

4º. La instalación de mobiliario de cocina adaptado.

5º. La ejecución de baños y aseos o la adaptación de estos o de sus elementos.

6º. La adecuación de los espacios de la vivienda con el objeto de permitir o facilitar su correcta utilización.

7º. La adición y acondicionamiento a la vivienda de espacios que tuvieran un uso distinto al de vivienda cuando aquella no reuniera los requisitos de accesibilidad precisos.

Las actuaciones de renovación que tengan por objeto la construcción de edificios de viviendas o viviendas de nueva construcción, en sustitución de edificios o viviendas previamente demolidos/as.

Requisitos:

Disponer de calificación definitiva.
Ser propietario o usufructuario del inmueble o formar parte de una comunidad o agrupación de propietarios.
No estar incurso en las prohibiciones para obtener subvenciones.
Las viviendas o edificios deben estar finalizados antes de 2006, salvo excepciones previstas para personas con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 21/08/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 158
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 21/08/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 158
Documento: EXTRACTO BASES Y CONVOCATORIA Descargar Documento