Ayudas a las actividades de demostración y las acciones de información, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 de Extremadura.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S04664/17

Norma:

DECRETO 4/2017, de 31 de enero. Orden de 16 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Consultar artículo quinto.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 9.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria abierta, la convocatoria de ayudas para la realización actividades demostración y las acciones de información, que faciliten la innovación y la incorporación de tecnologías en los ámbitos agroalimentario y forestal, en el ejercicio 2017, conforme al Decreto 4/2017, de 31 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Por cada actuación de demostración: 9.000 euros.

b) Por cada actuación de información: 4.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las entidades públicas o privadas u organizaciones de los sectores agroalimentario, forestal y medioambiental que presten servicios de demostración o información que se comprometan a efectuar la totalidad de la actividad sujeta a ayuda de acuerdo a lo establecido en este decreto, la orden de convocatoria y la resolución de concesión de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las actividades de transferencia de información y conocimientos y las de puesta en práctica de metodologías o enfoques novedosos o desconocidos, que puedan ser de aplicación en el sector agroalimentaria extremeño.

Requisitos:

a) No hallarse incurso en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Salvo denegación expresa del solicitante, la mera presentación de la solicitud conlleva la autorización de éste para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.

En el supuesto de que el solicitante haya denegado el consentimiento para que la Administración pueda llevar a cabo las comprobaciones indicadas, deberá ser el solicitante el que presente las certificaciones correspondientes.

c) Que su actividad esté estrechamente relacionada con el medio agrario, agroalimentario y rural.

Esta condición la cumplirán tanto las asociaciones o entidades que agrupen agricultores, ganaderos o silvicultores, como las entidades que justifiquen una actividad profesional relevante, debidamente documentada por organismos oficiales, en la transferencia, formación, asesoramiento o innovación. La actividad tendrá una incidencia territorial significativa, al menos comarcal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

d) Que desarrollen las actividades subvencionadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.

e) Dispongan de medios adecuados y de personal cualificado para la ejecución de las actividades objeto de subvención.

f) Acrediten experiencia en este tipo de actividades de demostración e información mediante la documentación requerida en el artículo 9. En cualquier caso, deberá acreditar que:

— Dispone de los recursos apropiados en materia económica en relación con el alcance de la prestación del servicio.

— Cuenta con personal suficiente y apropiado en relación con el alcance de la prestación del servicio, y la experiencia significativa en el ámbito concreto en el que se pretende ofrecer la actividad de demostración e información.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2017
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 25
Documento: Bases Reguladoras 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/06/2017
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