Ayudas a las acciones y los programas de informacion y promocion en terceros paises de productos vinicolas, y las ayudas a la inversion del programa de apoyo al sector vitivinicola.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S54591/14

Norma:

ORDEN de 15 de diciembre de 2014. Real Decreto 548/2013, de 19 de julio.

Plazo de Solicitud:

Información y promoción: hasta el día 16 de febrero de 2014; Inversiones: hasta el día 2 de febrero de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas, y a las ayudas a la inversiones, para el ejercicio 2015-2016.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción en terceros países:

a) Las empresas vinícolas.

b) Las Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el artículo 125 sexdecies del Reglamento (CE) n.º 1234/2007, del Consejo, del Consejo, de 22 de octubre de 2007.

c) Los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Las asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

2. Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de la medida de inversiones las personas físicas o jurídicas titulares de microempresas y pequeñas y medianas empresas, según se definen en la Recomendación 2003/361/CE, de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, que produzcan, comercialicen o realicen ambos procesos respecto a los productos mencionados en el artículo anterior, que tengan actividad en el momento de presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado con la solicitud, y que sean responsables finales de la financiación del proyecto.

Asimismo, podrán beneficiarse de la medida las empresas con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocio sea inferior a 200 millones de euros, que cumplan con los mismos requisitos de producción y comercialización mencionados en el párrafo anterior. En el supuesto de estas empresas intermedias la intensidad máxima de ayuda se reducirá a la mitad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países.

2. Ayudas para las inversiones.

Las ayudas para las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas se presentarán antes del 15 de febrero de 2015. Las ayudas para las inversiones se presentarán antes del 1 de febrero de 2015.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/12/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 242
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento