Ayudas a las Universidades publicas y privadas y Entidades publicas para la realización de proyectos de apoyo cientifico y tecnológico al deporte, estudios e informes de interés deportivo y otras acciones de promoción y difusión de la investigación deportiva para el año 2010.

Código de ayuda:

S62846/09

Norma:

Resolución de 27 de agosto de 2009. Orden ECI/2768/2007, de 20 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de apoyo científico y tecnológico, estudios e informes, organización de reuniones científicas, congresos, seminarios o
eventos similares, de estudios de postgrado que impulsen la formación de especialistas y, finalmente, la dotación de becas para promover la formación del personal investigador, todo ello en el ámbito de las Ciencias del Deporte.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas la determinará la Comisión de Valoración, en cada caso, de acuerdo con lo establecido al respecto para cada apartado, en el Anexo de la presente convocatoria, y en función del impacto y de los criterios de valoración.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Universidades públicas, las universidades privadas y las entidades públicas, con sede en España.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención concedida se destinará a cubrir gastos directamente relacionados con la realización del proyecto, ajustándose a las condiciones establecidas para cada apartado de la presente convocatoria. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado por esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 232
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 26/09/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 231
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento