Ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias para la realización de actividades de orientación y asesoramiento al sector agrario.

Código de ayuda:

S05537/06

Norma:

ORDEN AYG/245/2006, de 17 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1.– Se convocan ayudas a favor de las Organizaciones Profesionales Agrarias de la Comunidad de Castilla y León, destinadas a financiar los gastos derivados de sus actuaciones sindicales durante el año 2006.

2.– La finalidad de estas ayudas es colaborar con las Organizaciones Profesionales Agrarias para mantener sus actividades sindicales y en consecuencia mejorar el servicio prestado al sector agrario en general.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones Profesionales Agrarias legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, que tengan la consideración de más representativas en el ámbito territorial de Castilla y León de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León, que lleven a cabo las actividades a que se refiere la base siguiente.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán a financiar los gastos derivados de las actuaciones sindicales realizadas durante el presente ejercicio, especialmente:

– Los gastos derivados del mantenimiento adecuado de los locales que las Organizaciones Profesionales Agrarias destinan al asesoramiento e información de los profesionales del sector agrario.
– El mantenimiento de los contratos laborales que las Organizaciones Profesionales Agrarias formalizan para disponer de personal dedicado a las tareas sindicales.
– La formalización por las Organizaciones de nuevos contratos laborales con personal que ha de dedicarse al asesoramiento e información de los profesionales del sector agrario.
– La adquisición y el mantenimiento de los bienes de equipo y los medios técnicos necesarios para el desarrollo adecuado de su actividad informativa y asesora.
– Las actividades informativas que resulten adecuadas para la mejor difusión de los planteamientos y objetivos de la política agraria.
– Cualquier otra actividad que se considere necesaria o conveniente para la consecución del objeto subvencionable.

No serán subvencionables las actuaciones para la realización de los cursos o jornadas de formación agraria y agroalimentaria ni cualquier otra actuación que tuviera una financiación expresa en este ejercicio por parte de la Consejería.

Documentos asociados

Boletín: 20/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento