Ayudas a las Mancomunidades Intermunicipales y/o Ayuntamientos que presten servicios de Protección Civil.

Código de ayuda:

S51182/05

Norma:

Acuerdo de 30 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Bases año 2005. Sin especificar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las presentes bases es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la tramitación, justificación y cobro de las ayudas que otorgará la Diputación Provincial en materia de Protección Civil.

Se entienden servicios de Protección Civil:
a) Los que se prestan con camiones de extinción de incendios, formalizando parte por cada servicio, acreditado según modelo que se une en el anexo I.
b) Las horas de trabajo realizadas con los vehículos destinados a la limpieza de nieve, abastecimiento de agua a núcleos de población y asistencia a situaciones de emergencia, con arreglo a lo previsto en el Plan Territorial de Protección Civil de la Provincia de León, formalizando parte por cada servicio, acreditado según modelo adjunto.
c) El tiempo destinado a conservación y mantenimiento de los vehículos, debiendo aportar el parte correspondiente, con arreglo al modelo citado.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Diputación Provincial de León (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Son subvencionables el 50% de los gastos que ocasionen los vehículos de Mancomunidades y Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes, por los servicios prestados en materia de Protección Civil.
Este porcentaje será del 80% cuando los gastos sean debido a trabajos de limpieza de nieve de acceso a los núcleos de población.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Mancomunidades y Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes que presten servicios de Protección Civil en el ámbito de la provincia de León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entenderán como gastos subvencionables los de: personal, seguros de vehículos, reparaciones, I.T.V., mantenimiento y combustible.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2005
BO Provincia de León- Nº 221
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/10/2005
BO Provincia de León- Nº 226
Documento: Anexo 1 Descargar Documento