Ayudas a las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura para la contratacion de Tecnicos de Prevencion de Riesgos Laborales, y se procede a la convocatoria inicial.

Código de ayuda:

S01337/09

Norma:

DECRETO 268/2008, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el programa de subvenciones a las Mancomunidades Integrales de Municipios para la contratación de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales como trabajadores designados por la Mancomunidad, adscritos a las oficinas de Prevención de Riesgos Laborales, pasando a formar parte integrante de su organización preventiva, a ejecutar durante el periodo de vigencia del V Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2008-2011)

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La Consejería competente en esta materia abonará el importe de los costes laborales anuales totales que genere la contratación del Técnico de Prevención de Riesgos Laborales durante la vigencia del V Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (salarios, cotización a la Seguridad Social, indemnizaciones y suplidos), hasta un límite máximo de 30.000 euros al año por cada contratación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura que se encuentren así calificadas de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 11 de junio de 2008, del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se califican Mancomunidades Integrales de Extremadura (DOE n.º 117, de 18 de junio), o aquellas otras de fecha posterior que vengan a modificarla o a desarrollarla de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 74/2008, de 25 de abril.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales que se concierte por la Mancomunidad Integral de Municipios desde la resolución de concesión de la presente ayuda y hasta la finalización del V Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (31 de diciembre de 2011).

Las contrataciones se concertarán por un periodo de, al menos, un año, vinculado al nprograma de subvención del ejercicio presupuestario, y siempre durante el periodo de vigencia del V Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2008-2011).

Los Técnicos que ocupen los puestos de trabajo para los cuales se solicite subvención deberán desarrollar su trabajo dentro del ámbito territorial de los Municipios que integran la Mancomunidad y, en su caso, efectuarán asesoramiento en materia preventiva a los Municipios que la integran.

Requisitos:

a) Poseer la correspondiente Resolución expresa de la Consejería competente en materia de Administración Local calificándola como Mancomunidad Integral de Municipios, según lo establecido en el artículo 1.3 del Decreto 74/2008, de 25 de abril, por el que se establece un fondo de cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de la solicitud.

b) Observar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en el consiguiente proceso selectivo.

c) Formalizar los contratos de trabajo objeto de subvención por escrito y en modelo oficial. Asimismo, la Mancomunidad contratante deberá comunicar al Servicio Público de Empleo correspondiente, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, el contenido del contrato de trabajo que celebre o las prórrogas del mismo, así como enviarle o remitirle la copia básica del citado contrato.

d) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica. A efectos de la comprobación del cumplimiento de este requisito, la presentación firmada de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor de las ayudas, para recabar los certificados o justificación electrónica equivalente a emitir por la Hacienda Autonómica, según lo establecido en el primer párrafo del artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica.

e) No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por haber cometido infracciones muy graves, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

f) Que no se hayan visto incursas en expediente que haya determinado la revocación de las subvenciones objeto del presente Decreto o de sus modificaciones posteriores, por ocultación o falseamiento de datos, en los términos previstos en el artículo 17 de este Decreto. Si dicha revocación fue determinada por cualquier otro motivo que afectara al expediente de su razón, podrá ser excluido hasta un plazo de doce meses anteriores a la contratación objeto de beneficio por el presente Decreto.

g) Dar debido cumplimiento a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, respecto de la protección y prevención de riesgos profesionales exigido a las empresas en los artículos 30 y 31 de dicho texto legal.

Documentos asociados

Boletín: 07/01/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 3
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento