Ayudas a las Corporaciones Locales para la mejora de la transformacion y comercializacion de los productos agricolas en Cantabria.
Código de ayuda:
S61928/07Norma:
Orden DES/45/2007, de 31 de agosto.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/10/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, y la convocatoria para 2007, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a las Corporaciones Locales para la mejora de la transformación y comercialización de productos agrícolas en Cantabria.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.- La cuantía de la subvención será del 30% del coste de la inversión total subvencionable.2.- El porcentaje de participación del beneficiario, será del 70% del coste de la inversión total subvencionable.
3.- La ayuda tiene naturaleza de subvenciones al capital y se abonarán en su totalidad al beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en la presente Orden las Corporaciones Locales de Cantabriasobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables de
acuerdo con lo establecido en la presente Orden.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran gastos subvencionables a los efectos de la presente Orden:a) La construcción y adquisición de bienes inmuebles, con excepción de la adquisición de terrenos;
b) La adquisición de nueva maquinaria y equipos, incluidos los programas informáticos, y
c) Los gastos generales, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias, que se añadirán al gasto a que se refieren los números 1 y 2 hasta un límite del 12% de dicho gasto. Para que estos gastos sean subvencionables han de estar directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma.
Documentos asociados
Boletín:
11/09/2007
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 177
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 177
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento