Ayudas a las Agrupaciones de Defensa Vegetal y modificaciones.

Código de ayuda:

S15573/06

Norma:

Orden ARP/247/2006, de 15 de mayo. Orden ARP/340/2006, de 30 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Serán objeto de ayuda las actuaciones específicas de las ADV que se detallan en el anexo 3.
Estas actuaciones deberán orientarse a las situaciones que requieran acciones en común y en las que, siempre y cuando sea posible, participen diversas ADV.
Las actuaciones específicas deberán ser diferentes a las actuaciones genéricas.

La dedicación del/de la técnico/a contratado/a a estas actividades específicas no podrá ser superior a la mitad de la duración del contrato del personal técnico dedicado a las actuaciones genéricas, excepto en el caso de las actividades incluidas en el punto a) del anexo 3.

La valoración de las horas de trabajo del/de la técnico/a contratado/a para las actuaciones específicas será, como máximo, de 20 euros/hora presupuestada.

Asimismo, serán objeto de ayuda la adquisición de las herramientas utilizadas por las ADV para la informatización, de aparatos tipos Pocket PC, de lupas binoculares y microscopios para llevar a cabo sus actividades, siempre y cuando el mismo concepto no haya sido objeto de ayuda en años anteriores.

Serán también objeto de ayuda las actuaciones dirigidas a complementar la formación del personal técnico de las ADV, siempre y cuando no se incluyan en los cursos específicos de formación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.200.759 euros de presupuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ADV, o sus asociaciones legalmente constituidas.

En ningún caso podrá ser beneficiaria de estas ayudas una ADV a título individual si forma parte de una asociación que ya es beneficiaria por el mismo concepto.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4640
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/07/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4671
Documento: Ampliación presupuestaria Descargar Documento