Ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria ganaderas para el desarrollo de los programas sanitarios.

Código de ayuda:

S47837/05

Norma:

Resolución de 20 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de estas ayudas promover el control y/o la prevención de determinadas enfermedades de especial incidencia sanitaria en los animales.
Con esta finalidad se subvencionarán los gastos derivados del desarrollo de los programas sanitarios de prevención, incluyendo la adquisición de medicamentos veterinarios.
Se exceptúan los gastos derivados de la prevención de la mastitis en el ganado vacuno al haber sido objeto de un programa específico.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso la cuantía total de la subvención podrá superar el coste de ejecución del programa, ni la cantidad financiada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá exceder del 50% del coste del mismo.

Límites máximos de subvención:
1. Ganado ovino
Por animal reproductor: 5,11 euros
Por animal de engorde: 1,68 euros

2. Ganado caprino especializado en producción lechera
Por animal reproductor: 6,91 euros
Por animal de engorde: 1,68 euros

3. Ganado porcino
Por animal reproductor: 6,91 euros
Por animal de engorde: 1,68 euros
Por animal de engorde, en el caso del cerdo negro mallorquín: 1,92 euros

4. Ganado bovino
Por animal reproductor: 12,02 euros
Por animal en recría: 6,01 euros

5. Ganado equino
Por animal reproductor: 12,02 euros
Por animal en recría: 6,01 euros

6. Avestruces
Por animal reproductor: 10,82 euros
Por animal de engorde: 4,81 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de las Illes Balears legalmente constituidas.

Requisitos:

a) Que desarrollen un programa de actuación sanitaria aprobado por la Dirección General de Agricultura, previo informe del Servicio de Ganadería, a excepción de la prevención de la mastitis en el ganado vacuno.

b) Que las ganaderías o miembros integrados en cada agrupación de defensa sanitaria estén debidamente inscritos en los correspondientes registros del Servicio de Ganadería.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 103
Documento: Normativa Básica Estatal Descargar Documento
Boletín: 17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/09/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 144
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento