Ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas en Castilla-La Mancha, para la vacunacion de emergencia contra Lengua Azul.
Código de ayuda:
S12819/09Norma:
Orden de 16/02/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un mecanismo de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha, para la aplicación de la vacunación de emergencia contra la enfermedad de la Lengua Azul, establecidas en la Orden ARM/3054/2008, de 27 de octubre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, y la realización de una convocatoria extraordinaria de ayuda para la realización de la citada vacunación.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención por animal será:- Para las ADSG cuyas ganaderías estén ubicadas en las provincias de Ciudad Real, Toledo o la comarca ganadera de Alcaraz: 0,20 euros por la primovacunación frente al serotipo 8 de Lengua Azul.
- Para las ADSG cuyas ganaderías estén ubicadas en el resto del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: 0,50 euros por la primovacunación frente al serotipo 1 de la Lengua Azul y/0 0,20 euros por la primovacunación frente al serotipo 8 de dicha enfermedad.
- Para el cálculo de la ayuda correspondiente a las ADSG que cuenten con ganaderías en ambos grupos, se aplicarán los precios unitarios correspondientes a la zona en la que esté ubicada cada ganadería.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las ADSG oficialmente reconocidas por la Dirección General de Producción Agropecuaria de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, cuyas explotaciones hayan realizado la vacunación extraordinaria contra la Lengua Azul en el periodo comprendido entre el 15 de octubre y el 28 de enero de 2009, siempre y cuando la 1ª dosis de la primovacunación esté aplicada antes del 31 de diciembre de 2008.Se entenderá como primovacunación la aplicación de la 1ª y 2ª dosis de un serotipo de la enfermedad de la Lengua Azul.
Documentos asociados
Boletín:
23/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 37
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 37
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento