Ayudas a la vacunación obligatoria frente a la lengua azul en Castilla y León.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S25073/15

Norma:

ORDEN AYG/407/2015, de 6 de abril. ORDEN AYG/410/2015, de 6 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de las ayudas que en el año 2015 convoque la Consejería de Agricultura y Ganadería, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (en adelante ADS), y a los titulares de explotaciones ganaderas no integradas en ADS para la adquisición y aplicación de la vacuna de lengua azul.

Las ayudas contempladas en esta orden tienen como finalidad la compensación de los costes de las actuaciones de lucha frente a la lengua azul en las explotaciones ganaderas ubicadas en las Unidades Veterinarias incluidas mediante Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente como zonas de vacunación obligatoria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía a percibir por cada ADS será, como máximo el 100% del importe justificado por la ADS solicitante para el año de que se trate.

2. La cuantía a percibir por cada titular de explotación ganadera no integrado en ADS, será como máximo el 50% del importe justificado para el año de que se trate.

3. La cuantía máxima será de 0,40 € por cada dosis aplicada a animales de la especie bovina y ovina.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Los ganaderos afectados o a la ADS a la que estos pertenezcan.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de actividades subvencionables la adquisición y aplicación de la vacuna de lengua azul frente a los serotipos que correspondan bien a través de la ADS o por el veterinario que determine el titular de la explotación ganadera.

El plazo para la realización de las actividades subvencionables será el comprendido entre el día 1 de enero y el 30 de junio del año en curso.

Serán gastos subvencionables los derivados de la adquisición y aplicación de la vacuna frente a la lengua azul.

Del importe máximo de los costes o pérdidas que dan derecho a la ayuda deberán deducirse los importes recibidos con arreglo a regímenes de aseguramiento.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/05/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 94
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento