Ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medioambiente, en lo que respecta al cultivo de girasol de secano en la rotación y modificaciones.

Código de ayuda:

S08255/05

Norma:

Orden de 28-01-2005. Orden de 29-01-2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/03/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer disposiciones de aplicación de la normativa reguladora de la ayuda contemplada como medida 1.3. "Actuaciones agroambientales en respeto a la rotación de cultivos: el girasol de secano en la rotación" en el Anexo II del Real Decreto 4/2001, modificado por los Reales Decretos 708/2002 y 172/2004.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La prima unitaria será de 60,10 euros por hectárea y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Titulares de explotaciones agrarias con superficies dedicadas al cultivo de girasol de secano en superficies situadas en el territorio de Castilla-La Mancha, quedando excluidos las superficies cultivadas de girasol correspondientes a los vasos de los pantanos, entendiendo como tales, las incluidas dentro de los terrenos inundables definidos por la cota máxima fijada por la Confederación Hidrográfica correspondiente, así como las superficies en las que se declare el girasol como cultivo no alimentario.

Requisitos:

En el 2005 podrán presentar solicitud inicial de ayuda tanto aquellos titulares que hayan finalizado sus compromisos agroambientales en 2004 como quienes, no habiendo estado acogidos en el periodo 2000-2004, cumplan los siguientes requisitos:
a) Comprometerse a la siembra de girasol al menos durante cinco años en su explotación, habiendo percibido pago compensatorio por este cultivo durante alguna de las campañas del periodo 1995 a 1998/99. Se considerará cumplido para los titulares que, no habiendo percibido pago compensatorio hayan percibido la ayuda agroambiental en el período 2000-2004 o 2001-2005.
b) Cumplir los requisitos para optar al pago por superficie del cultivo de girasol establecidos en el Real Decreto vigente en cada campaña sobre pagos por superficie a determinados productos agrícolas.
c) Asumir los compromisos generales establecidos en el artículo 4 de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 24/02/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Solicitud Unificada Descargar Documento
Boletín: 08/02/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 29
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/02/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 29
Documento: Modificación Descargar Documento