Ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.

Código de ayuda:

S20864/04

Norma:

Orden de 29 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/08/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la concesión de las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, y por Real Decreto 172/2004, de 30 de enero, por los que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso la cuantía total de la ayuda aprobada para una medida en cada expediente podrá superar los 6.000 euros.
En el caso de las medidas 12 y 14 el máximo de ayuda aprobada por expediente para cada una de estas dos medidas será de 7.200 euros.

Consultar Anexo I para consultar con detalle las cuantías por medida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los agricultores y/o ganaderos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las medidas objeto de ayuda son:
1.- Agricultura ecológica.
2.- Ganadería ecológica.
3.- Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
4.- Cultivo de tunera para producción de cochinilla.
5.- Renovación del enarenado.
6.- Cultivo de tagasaste.
7.- Control integrado.
8.- Cultivos leñosos en pendiente o terrazas.
9.- Cultivos herbáceos que apliquen técnicas de siembra directa o mínimo laboreo.
10.- Mantenimiento y conservación de cercas y muretes tradicionales.
11.- Mejora y conservación del medio físico. Actuación sobre pastizales.
12.- Mejora y conservación del medio físico. Actuación sobre pastizales. Pastoreo con animales inscritos en los correspondientes Libros de Registro de Razas Autóctonas.
13.- Gestión racional de sistemas de pastoreo para protección de flora y fauna mediante la práctica de la trashumancia.
14.- Gestión racional de sistemas de pastoreo para protección de flora y fauna mediante la práctica de la trashumancia con animales inscritos en los correspondientes Libros de Registro de Razas Autóctonas.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los beneficiarios de las convocatorias realizadas por Órdenes de 5 de septiembre de 2001, de 5 de junio de 2002, y de 1 de abril de 2003, por las que se convocaron para los ejercicios de 2001, 2002 y 2003, respectivamente, las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
Dichos beneficiarios, sólo podrán acogerse a esta convocatoria, en el caso en que así lo soliciten, por medidas distintas de las que ya se es beneficiario, o por las mismas medidas pero referidas a parcelas distintas.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 153
Documento: Convocatoria y Anexo I Descargar Documento
Boletín: 09/08/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 153
Documento: Anexos Descargar Documento