Ayudas a la submedida 6.4 de “Inversiones en la creación y el desarrollo de actividades no agrarias”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014‑2020.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03073/17

Norma:

RESOLUCIÓN 1543/2016, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de marzo de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayuda a las “Inversiones en la creación y el desarrollo de actividades no agrarias” tiene como finalidad propiciar nuevas oportunidades laborales para la dinamización económica y social del territorio rural, evitando la despoblación de las zonas rurales. Para ello se fomenta la competitividad en el sector agrícola mediante la diversificación hacia actividades no agrarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda por proyecto es de 200.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden ser destinatarias de estas ayudas las siguientes personas:

a) Personas físicas:

–Agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).

–Familiares de primer grado de personas incluidas en el apartado anterior.

b) Personas jurídicas:

–Microempresas o pequeñas empresas agrarias.

–Microempresas o pequeñas empresas agroalimentarias.

c) Empresas creadas con ayuda de la submedida 6.2 Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales del PDR de Navarra 2014-2020.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se subvenciona proyectos que tengan como finalidad la creación o desarrollo de actividades no agrarias productivas, es decir, aquellas cuyo objetivo sea la producción de bienes y/o servicios privados destinados a la venta o que pueden ser comercializados o aumenten el valor de las propiedades de titularidad privada.

2. Si el proyecto objeto de subvención forma parte de uno de mayor dimensión, se entiende como subvencionable sólo si, considerado de forma independiente y aislada, tiene entidad propia y carácter finalista.

3. Los proyectos de diversificación deben estar incluidos en los siguientes ámbitos:

a) Servicios profesionales de ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros.

b) Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.

c) Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.

d) Provisión de servicios sociales.

e) Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.

f) Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

g) Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural.

h) Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

i) Otras operaciones que a juicio del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local se estimen elegibles.

Requisitos:

1. Para acceder a este régimen de ayudas, las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

a) En el caso de personas físicas:

–Tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud.

–Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación inscrita en el REAN, o familiar en primer grado de la misma.

Las personas jóvenes agricultoras se consideran agricultoras profesionales si tienen resolución de concesión de las ayudas a la “Instalación de jóvenes agricultores” y/o figuran en el REAN con la condición de Agricultor/a a Título Principal.

La explotación debe ajustarse a la definición de microempresa o pequeña empresa según lo establecido en la Recomendación 2003/361/ CE de la Comisión, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

b) En el caso de personas jurídicas:

–Ser microempresa o pequeña empresa según lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

–Tener el domicilio social en Navarra.

–Tener como objeto social la actividad agraria o agroalimentaria.

–Si es agraria:

• i. Ser titular de una explotación inscrita en el REAN.

• ii. Tener la catalogación de agricultores/as profesionales, al menos el 50% de los socios/as.

• iii. Tener al menos 0,50 UTAs totales de actividad.

–Si es agroalimentaria:

• i. Estar inscrita en el Registro Industrial de Navarra.

• ii. Desarrollar alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas del Anexo I del TFUE, a excepción de las del sector de la pesca y aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado Anexo I.

• iii. Desarrollar su actividad económica en zonas rurales.

c) En el caso de haber sido creada como resultado de la submedida M06.2 del PDR.

–Haber recibido el pago final de la ayuda concedida.

d) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

e) No incurrir en alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, que le impida ser entidad beneficiaria.

2. Además, en cuanto al proyecto a realizar, debe cumplir los siguientes requisitos:

a) Localizarse en municipios de la Comunidad Foral de Navarra considerados como zonas rurales por el PDR de Navarra 2014-2020.

b) Contar con conformidad de Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados por el proyecto. Para proyectos relacionados con actuaciones de:

–Turismo, servicios de alojamiento, ocio, esparcimiento y afines, informe favorable del Departamento de Desarrollo Económico.

–Patrimonio rural y cultural, y afines, informe favorable del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

–Cualquier otro informe que sea necesario por la tipología del proyecto.

En su caso, será necesaria la valoración de impacto ambiental de acuerdo con la Ley Foral 4/2005, de intervención para la protección ambiental cuando tenga efectos prejudiciales sobre el medio ambiente o la biodiversidad.

En todo caso, se aplicarán las medidas correctoras que, en su caso, determinen las diferentes unidades responsables.

c) No haber iniciado las inversiones o gastos por las que se solicita la ayuda con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, a excepción de los costes generales y/o las licencias para el desarrollo del proyecto, y siempre y cuando sean posteriores al 18 de noviembre de 2015, fecha de la Decisión de Ejecución (2015) 8143 de la Comisión por la que se aprueba el PDR de Navarra 2014-2020. A este respecto, si procede, el órgano instructor realiza una visita a la ubicación del proyecto para comprobar que las inversiones no han sido iniciadas, y levanta acta con el resultado.

d) Presentar memoria descriptiva, según modelo normalizado disponible en el Catálogo de trámites de estas ayudas, en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet.

e) Presentar un plan empresarial que: identifique, describa y analice el proyecto; acredite su viabilidad técnica, económica y financiera; y con el siguiente contenido mínimo:

–Proyecto/Actividad: objetivo principal, descripción y características, localización, situación inicial y final.

–Productos/Servicios: descripción, necesidades que satisface y ventajas sobre otros ya existentes en el mercado.

–Plan de producción: descripción del proceso productivo o servicio, sistemas de control y gestión de calidad, tecnología utilizada, instalaciones y maquinaria, proveedores y almacenamiento.

–Plan de marketing: análisis de mercado, posicionamiento y objetivo de mercado, estrategia de precios, política de ventas, promoción y publicidad, distribución y servicios post-venta y garantía.

–Organización y personal: análisis de puestos de trabajo que crea o mantiene la actividad, categoría laboral, tareas a realizar, y plan de formación.

–Plan económico y financiero: plan de financiación, cuenta de resultado provisional, balance provisional, plan de tesorería, análisis y valoración de resultados económico‑financieros.

La información incluida debe corresponder con la que contiene la memoria descriptiva.

f) Disponer de capacidad de financiación suficiente para asumir los compromisos económicos del proyecto, mediante recursos propios y/o mediante financiación externa compatible con estas ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 14
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/01/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 14
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento