Ayudas a la submedida 6.2 de “Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014‑2020.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03064/17

Norma:

RESOLUCIÓN 1542/2016, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de febrero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayuda a la “Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales” tiene como finalidad propiciar nuevas oportunidades laborales para la dinamización económica y social del territorio rural, evitando la despoblación de las zonas rurales. Para ello se fomenta la diversificación de las explotaciones agrarias mediante la creación de empresas que realicen actividades no agrarias y creen o mantengan empleo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda tiene forma de prima única y se abona en dos pagos iguales. El primer pago está condicionado al comienzo del plan empresarial, y el último pago está condicionado a la correcta ejecución del plan empresarial.

2. El importe de la ayuda es de 37.275,70 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

a) Agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).

b) Familiares de primer grado de personas incluidas en el apartado a).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se subvenciona la creación de empresas que desarrollen actividades no agrarias productivas, es decir, aquellas cuyo objetivo sea la producción de bienes y/o servicios privados destinados a la venta o que pueden ser comercializados o aumenten el valor de las propiedades de titularidad privada. Además, deben crear o mantener empleo.

2. Las actividades de diversificación deben estar incluidas en los siguientes ámbitos:

a) Servicios profesionales de ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros.

b) Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.

c) Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.

d) Provisión de servicios sociales.

e) Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.

f) Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

g) Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural.

h) Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

i) Otras operaciones que a juicio del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local se estimen elegibles para la consecución del objetivo de la ayuda.

Requisitos:

1. Para acceder a este régimen de ayudas, las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud.

b) Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación inscrita en el REAN, o familiar en primer grado de la misma.

Las personas jóvenes agricultoras se consideran agricultoras profesionales si tienen resolución de concesión de las ayudas a la “Instalación de jóvenes agricultores” y/o figuran en el REAN con la condición de Agricultor/a a Título Principal.

La explotación debe ajustarse a la definición de microempresa o pequeña empresa según lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

c) Presentar una declaración sobre la totalidad de las personas que han trabajado en la explotación agraria durante el año natural anterior y hasta la fecha de solicitud de ayuda.

d) No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias.

e) Ningún componente de la unidad familiar puede haber iniciado la misma o similar actividad, con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

f) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

g) No incurrir en alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, que le impida ser persona beneficiaria.

2. Además, en cuanto al proceso de creación de la empresa debe cumplir los siguientes requisitos:

a) Realizar la actividad en municipios de la Comunidad Foral de Navarra considerados como zonas rurales por el PDR de Navarra 2014-2020.

b) Contar con conformidad de Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados por el proyecto. Para proyectos relacionados con actuaciones de:

–Turismo, servicios de alojamiento, ocio, esparcimiento y afines, informe favorable del Departamento de Desarrollo Económico.

–Patrimonio rural y cultural, y afines, informe favorable del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

–Cualquier otro informe que sea necesario por la tipología del proyecto.

En su caso, es necesaria la valoración de impacto ambiental de acuerdo con la Ley Foral 4/2005, de intervención para la protección ambiental cuando tenga efectos perjudiciales sobre el medio ambiente.

En todo caso, se aplicarán las medidas correctoras que, en su caso, determinen las diferentes unidades responsables.

c) Presentar memoria descriptiva, según modelo normalizado disponible en el Catálogo de trámites de estas ayudas, en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet.

d) Presentar un plan empresarial conforme a la base 6.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 14
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/01/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 14
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento