Ayudas a la reposición a las explotaciones de ganado vacuno, ovino y caprino, objeto de vaciado sanitario.

Código de ayuda:

S43182/05

Norma:

Orden GAN/41/2005, de 4 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Orden se establecen las bases reguladoras y se convocan en régimen de concurrencia competitiva
ayudas para la reposición de ganado, en aquellas explotaciones de ganado vacuno, ovino y caprino ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que como consecuencia de las campañas oficiales de saneamiento ganadero, o por la aparición de un brote de encefalopatía espongiforme bovina, prurito lumbar o de alguna de las enfermedades contempladas en la lista A del Anexo I del Real Decreto 2.459/1996, de 2 de diciembre, por el que se establece la lista de Enfermedades de Animales de declaración obligatoria y se da la normativa para su notificación tengan que efectuar un vaciado sanitario que afecte a la totalidad de los efectivos de la explotación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ganaderas, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, tanto personas físicas como jurídicas, que además de cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, reúnan los siguientes requisitos:
a) Haber sido afectados por un vaciado sanitario como consecuencia de la ejecución de las campañas oficiales de saneamiento ganadero, de la aparición de un brote de encefalopatía espongiforme bovina, prurito lumbar o de alguna de las enfermedades contempladas en la lista A del Anexo I del Real Decreto 2.459/1996.
b) Haber cumplido con todos los requisitos referentes a la ejecución del vaciado sanitario legalmente establecidos.
c) No haber transcurrido en el momento de la solicitud de la ayuda menos de tres meses ni más de doce meses desde el sacrificio de las reses.
d) No haber sido sancionado en los tres años anteriores a la finalización del plazo de presentación de la solicitudes, como consecuencia del incumplimiento de la normativa referente a los programas de erradicación, prevención o control de la enfermedad que se trate o al bienestar, a la identificación y registro de animales de las especies bovina, ovina y caprina.
El incumplimiento de alguna de estas condiciones traerá como consecuencia la denegación de la ayuda solicitada.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento