Ayudas a la rehabilitación en la ciudad de Barcelona para personas propietarias que se encuentren en situación de vulnerabilidad en los edificios de uso residencial en el ámbito del Plan de barrios.

Código de ayuda:

S22691/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la nueva convocatoria del año 2019 para la concesión de subvenciones para rehabilitar elementos comunes de edificios de uso residencial de la ciudad de Barcelona dirigidas a comunidades de propietarios y propietarias (CPP), cuyos integrantes se encuentran en situación de vulnerabilidad, de acuerdo con lo que establece esta convocatoria y situados en los ámbitos del Plan de barrios (el Raval sur y el Gòtic sur; el Bon Pastor, Baró de Viver y la Trinitat Vella; Sant Genís dels Agudells y la Teixonera; el Besòs i el Maresme y la Verneda i la Pau; la Trinitat Nova, Zona Nord y las Roquetes; la Marina del Prat Vermell y la Marina de Port).

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consorcio de la Vivienda (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las comunidades de propietarios o los propietarios de edificios de viviendas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

(i) Fase de asesoramiento y apoyo a la comunidad de propietarios y propietarias:

Esta fase se iniciará con una solicitud presentada por la comunidad de propietarios y propietarias interesada (según el impreso normalizado) para suscribir un convenio entre la persona representante de la comunidad de propietarios y la gerencia del Consorcio de la Vivienda de Barcelona. El contenido mínimo de este convenio y sus objetivos son los que constan en el anexo 4.

(ii) Fase de redacción del proyecto básico y de ejecución de obras:

Esta fase se corresponde con la solicitud de inscripción y con la solicitud de ayudas que prevén los artículos 16 y 20, respectivamente, de las Bases reguladoras. Las solicitudes de inscripción y de subvención deben formalizarse mediante la firma de un segundo convenio entre la persona representante de la comunidad de propietarios y la gerencia del Consorcio de la Vivienda de Barcelona. Para poder formalizar este convenio es imprescindible que se haya desarrollado la fase de asesoramiento y apoyo a la comunidad de propietarios y propietarias prevista en el apartado (i) anterior y que las personas integrantes de la comunidad de propietarios y propietarias tengan, en conjunto, la consideración de vulnerables.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7853
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 12/07/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7916
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento