Ayudas a la redaccion y a la modificacion de los Instrumentos de Planeamiento Urbanistico que afecten a Bienes Culturales Calificados, Inventariados o a Zonas de Presuncion Arqueologica.

Código de ayuda:

S77773/08

Norma:

ORDEN de 3 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular la concesión de Ayudas a las Entidades locales y a las Sociedades Urbanísticas de Rehabilitación de la Comunidad Autónoma Vasca, para la redacción y la modificación de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico Municipal que afectan a Bienes Culturales Calificados, Inventariados o a Zonas de Presunción Arqueológica, en los términos que los artículos siguientes establecen.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Arqueología y Minería
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las Entidades locales y las Sociedades Urbanísticas de Rehabilitación, a través de sus órganos facultados, siempre y cuando hayan justificado las ayudas concedidas para el mismo objeto por esta Administración
en los ejercicios anteriores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los Estudios Histórico-Arqueológicos que desarrollen la Memoria del documento urbanístico preexistente
y sus Estudios complementarios, en el caso de que se trate de Bienes Culturales declarados Monumentos,
Conjunto Monumentales o Zonas de Presunción Arqueológica. Han de contener, en todo caso, el esquema
y los datos que en el anexo I se establecen.

b) Las modificaciones de los documentos urbanísticos vigentes, o el desarrollo de los mismos, que se hagan
necesarios como consecuencia de la adecuación de aquéllos a los regímenes de protección de Bienes Culturales.

c) La redacción de Planes Especiales para la protección de los Bienes Culturales declarados Monumento,
Conjunto Monumental o Zonas de Presunción Arqueológica o que cuente con expediente incoado para
su declaración.

d) El levantamiento de la planimetría complementaria de los instrumentos urbanísticos en fase de redacción, que documenten, con carácter especial, determinados aspectos del Patrimonio Cultural.

e) Otros trabajos que tiendan a la elaboración y recogida de información sobre el Patrimonio Cultural, para su incorporación en las figuras de planeamiento urbanístico legalmente previstas y que contribuyan al establecimiento de unas bases más sólidas desde el punto de vista cultural.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 248
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento