Ayudas a la realización de actividades de formación continuada organizadas por los Colegios Profesionales Sanitarios de Navarra para el año 2018.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S20146/18

Norma:

RESOLUCIÓN 1210E/2018, de 27 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen para la concesión de subvenciones a la realización de actividades de formación continuada organizadas por los Colegios Profesionales Sanitarios de Navarra para sus colegiados, con la finalidad de promover la revisión y mejora permanente de los conocimientos de los profesionales del ámbito sanitario para adecuar dichos conocimientos a las necesidades sanitarias de la población y mejorar la calidad del sistema sanitario de Navarra.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para cada actividad, el importe de la subvención será el resultante de multiplicar el número de horas docentes a subvencionar por el módulo económico de 65 euros/hora.

Para cada Colegio Profesional el importe máximo de la subvención será el resultante de la asignación previa más el prorrateo que pudiera resultar en el proceso en el supuesto de que algún Colegio Profesional que haya solicitado ayuda no alcance el número de horas subvencionables asignado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria los Colegios Profesionales de las profesiones sanitarias tituladas reguladas en el artículo 2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, que tengan sede social en Navarra.

Los Colegios Profesionales beneficiarios deberán cumplir, en el momento de presentar la solicitud, el requisito de no hallarse incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

El requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra
o sus Organismos Autónomos deberá cumplirse en la fecha en la que se realice la propuesta de Resolución de concesión.

Los requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Con cargo a esta convocatoria se podrán subvencionar cursos, seminarios o talleres de formación continuada que, organizados por los Colegios Profesionales, cumplan los siguientes requisitos:

a) La fecha de impartición está comprendida entre el 1 de noviembre de 2017 y el 31 de octubre de 2018. Se incluyen también las actividades que iniciándose en 2017 hayan terminado con posterioridad al 31 de octubre de 2017.

b) El número de horas lectivas será de 2 horas como mínimo y de 100 horas como máximo.

Las actividades objeto de subvención deberán contar con la acreditación de la Comisión de Formación Continuada de Navarra, aspecto que se verificará en el momento de la justificación para el correspondiente abono de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 82
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento