Ayudas a la promocion en mercados de terceros paises del programa de apoyo al sector vitivinicola español en la Comunidad Autonoma de La Rioja.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02537/14

Norma:

Orden nº 3/2014, de 16 de enero. Real Decreto 548/2013, de 19 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 14 de febrero de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la convocatoria de subvenciones para el año 2015 de las ayudas de acuerdo con la Orden 3/2014, de 16 de enero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas vinícolas.

b) Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el artículo 125 sexdecies del Reglamento 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007.

c) Órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vinícas.

d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes, a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las medidas de promoción los productos de calidad, destinados al consumo directo, detallados en el anexo II, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en terceros países y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad técnica y financiera para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible. Deberán asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.

Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Los beneficiarios tendrán el domicilio fiscal de su empresa u organización en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. Descargar Documento
Boletín: 24/01/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 10
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/01/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 11
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento