Ayudas a la promocion en mercados de terceros paises del programa de apoyo al sector vitivinicola español en la Comunidad Autonoma de La Rioja.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S03746/12

Norma:

Orden 1/2012, de 30 de enero. Resolución nº 104, de 9 de febrero de 2012. Resolución nº 771, de 27 de julio de 2012. Resolución nº 383, de 9 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de mayo de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones para el año 2014 de las ayudas de acuerdo con la Orden 1/2012, de 30 de enero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas vinícolas.

b) Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el Reglamento 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007.

c) Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas vitivinícolas.

d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación.

e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La promoción de vino en mercados de terceros países.

Requisitos:

- Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo másefectivamente posible. Deberán asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.

- Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Los beneficiarios tendrán el domicilio fiscal de su empresa u organización en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 03/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 15
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/08/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 97
Documento: Ampliación Cuantía. Descargar Documento
Boletín: 15/04/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 47
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento