Ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura.
Código de ayuda:
S00691/25Norma:
DECRETO 152/2024, de 12 de diciembre. RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Desde el 1 de junio de 2026 hasta el 22 de junio de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 80.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Por medio de esta resolución se efectúa la convocatoria de concesión de ayudas a los Municipios de Extremadura que formen parte de la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura con el fin de sufragar los gastos para la financiación de la contratación de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura, incluidos dentro de su programación y permitir dinamizar, movilizar y gestionar la cultura al mayor número de posibles beneficiarios en la región, facilitando la distribución y exhibición de las producciones de teatro, música, danza y circo.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Consejería de Cultura, Turismo, Jovenes y Deportes (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima por ayuda anual, incluidos los dos procedimientos, será como máximo de 80.000 euros por solicitante y un máximo de 12 actuaciones, siendo la cuantía a subvencionar, el 70% del caché en caso de compañías extremeñas, y del 50 % en el caso de no extremeñas.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios de Extremadura que formen parte de la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura de conformidad con lo establecido en el capítulo I del presente decreto.Requisitos:
a) Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Documentos asociados
Boletín:
12/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 07
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 07
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
12/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 07
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 07
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
05/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 2
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
05/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 2
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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