Ayudas a la primera instalacion de agricultores jovenes y la modernizacion de las explotaciones agrarias en Cantabria.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S15873/13

Norma:

ORDEN GAN/31/2013, de 7 de mayo. Orden GAN/49/2013, de 5 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes, así como las ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre y la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, todo ello dentro del marco establecido en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el período 2007-2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) La ayuda será del 100% de la inversión o gasto subvencionado, sin que pueda ser superior
a:

- 40.000,00 euros en la modalidad A.

- 24.000,00 euros en la modalidad B.

b) Se concederá una ayuda del 40% de la inversión subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas que cumplan los requisitos establecidos.

b) Las personas físicas o jurídicas que, en el momento de la presentación de la solicitud, sean titulares de una explotación agraria radicada en Cantabria y cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Primera Instalación de agricultores jóvenes en las modalidades A ó B, conforme a lo
estipulado en el capítulo II.

Modalidad A: Instalación en explotación inscrita o a inscribir en el Catálogo de Explotaciones
Agrarias Prioritarias de Cantabria y que se convierta en agricultor profesional.

Modalidad B: Instalación en explotación agraria no prioritaria con orientación productiva
distinta del ganado vacuno.

b) Inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora, conforme a lo estipulado en el capítulo III.

Requisitos:

a)

a) Ser mayor de 18 años y menor de 40 años, en el momento de la solicitud.

b) No ejercer la actividad agraria, o ejercerla desde una fecha posterior al 26 de julio de
2012 (fecha de fi nalización del plazo para solicitar estas ayudas en la anterior convocatoria), considerando que no se ha ejercido si no se ha alcanzado un grado de viabilidad superior al 20 % de la renta de referencia (modalidad A).

— En caso de ejercer la actividad agraria se considerará como fecha de primera instalación la más antigua de entre las siguientes:

— La de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en función de su actividad agraria.

— La de alta en el modelo 036 en el censo de actividades económicas del Ministerio de
Economía y Hacienda.

— La que figure en el documento que acredite fehacientemente la formalización del acuerdo de cotitularidad de la explotación.

La que acredite fehacientemente la adquisición de la calidad de socio.

c) Presentar un plan empresarial que demuestre que desde el momento de la concesión de la ayuda obtendrá de su explotación, como consecuencia de la primera instalación, una renta
unitaria de trabajo (RUT) procedente de las actividades agrarias y complementarias igual o
superior al 35% de la renta de referencia e inferior al 120% de esta y mayor al IPREM anual.

d) No poseer en el momento de la presentación de la solicitud, una renta total superior a tres veces el IPREM anual, solo en el caso de ser solicitante de la modalidad B.

b)

a) Presentar un plan de mejora de la explotación con el contenido mínimo que se detalla en el Anexo IV.

b) Estar de alta en el censo de actividades económicas del Ministerio de Economía y Competitividad (modelo 036 ó 037).

c) Cumplir en su explotación las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y
bienestar de los animales.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 21/08/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 159
Documento: Modificación Descargar Documento