Ayudas a la primera forestacion de tierras agricolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra, 2007-2013.

Código de ayuda:

S54764/07

Norma:

ORDEN FORAL 320/2007, de 12 de junio.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Ayudas destinadas a cubrir los gastos de forestación. Se concederán a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que efectúe la forestación de tierras agrícolas.

b) Ayudas para el mantenimiento de las superficies forestadas, destinada a cubrir durante los cinco primeros años, tras la plantación, los gastos de mantenimiento de las dichas superficies. Se concederá a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que efectúe la forestación de tierras agrícolas y realice los correspondientes trabajos de mantenimiento. Se excluyen de estas ayudas las plantaciones con especies de turno corto.

c) Ayudas para compensar las pérdidas de ingresos derivadas de la forestación de tierras agrarias.
Se concederá a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que la solicite y foreste las parcelas solicitadas. Se excluyen de estas ayudas las plantaciones con especies de turno corto.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas destinadas a cubrir los gastos de forestación. Se concederán a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que efectúe la forestación de tierras agrícolas.

b) Ayudas para el mantenimiento de las superficies forestadas, destinada a cubrir durante los cinco primeros años, tras la plantación, los gastos de mantenimiento de las dichas superficies. Se concederá a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que efectúe la forestación de tierras agrícolas y realice los correspondientes trabajos de mantenimiento. Se excluyen de estas ayudas las plantaciones con especies de turno corto.

c) Ayudas para compensar las pérdidas de ingresos derivadas de la forestación de tierras agrarias.
Se concederá a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que la solicite y foreste las parcelas solicitadas. Se excluyen de estas ayudas las plantaciones con especies de turno corto.

Documentos asociados

Boletín: 09/07/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 84
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento