Ayudas a la polinización, para los titulares de explotaciones apícolas en el marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006.

Código de ayuda:

S03219/05

Norma:

ORDEN AYG/81/2005, de 28 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y las Entidades asociativas (Cooperativas Agrarias de Producción y Sociedades Agrarias de Transformación), titulares de explotaciones apícolas ubicadas en el territorio de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas a la polinización podrán concederse hasta las cuantías y con los límites siguientes en función del número de solicitudes y las disponibilidades presupuestarias:
1.– En todos los casos y con las limitaciones que se fijan en los siguientes apartados, el número máximo de colmenas movilistas, que se tendrán en cuenta para calcular la ayuda a la polinización será el menor de los siguientes:
– El número de colmenas movilistas que a fecha 1 de enero de 2005, figuren inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Apícolas de Castilla y León.
– El número de colmenas movilistas que a fecha 1 de enero de 2005 figuren inscritas en la Cartilla de Explotación Apícola y de Trashumancia.
– El número de colmenas movilistas que consigne el solicitante en la solicitud.
2.– La cuantía de la subvención que se concederá a los apicultores que cumplan los requisitos será:
a) Cooperativas Agrarias de Producción y Sociedades Agrarias de Transformación:
– Hasta 10 euros por colmena movilista.
b) Apicultores (personas físicas o entidades asociativas), socios de una Cooperativa de comercialización de miel:
– Hasta 9,8 euros por colmena movilista.
c) Apicultores no contemplados en las letras anteriores:
– Hasta 9,5 euros por colmena movilista.
3.– En el caso de personas físicas individuales el número máximo de colmenas movilistas subvencionables será de 500.
4.– En el caso de las Entidades asociativas, los límites para la percepción de la ayuda se aplicarán de las siguiente forma:
a) Se excluirán del cómputo de la ayuda las colmenas de los socios que aporten menos de 150 colmenas movilistas.
b) No se podrán subvencionar más de 500 colmenas movilistas por socio.
c) El apicultor que solicite la subvención a través de una entidad asociativa, no podrá solicitarla de forma individual ni de otra entidad asociativa distinta. Este incumplimiento dará lugar a la exclusión de dicho apicultor del pago de la ayuda, tanto en la solicitud individual como en el cómputo de colmenas que se incluyen en la solicitud presentada por la entidad asociativa.

Requisitos:

1.– En todos los casos:
– Tener inscrita la explotación en Registro Oficial de Explotaciones Apícolas de Castilla y León, con fecha anterior al 1 de enero de 2004.
– Tener inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Apícolas de Castilla y León, con fecha anterior al 1 de enero de 2005, un efectivo mínimo de 150 colmenas movilistas.
– Retener las colmenas en un lugar, declarado por el propio apicultor, desde el día 1 de marzo de 2005 hasta el 31 de julio de 2005 (ambos días incluidos).
2.– En el caso de que el solicitante sea persona física:
– Estar empadronado, con anterioridad al 1 de enero de 2002, en algún municipio de Castilla y León.
– Ser agricultor a título principal.
3.– En el caso de Cooperativas Agrarias de Producción y Sociedades Agrarias de Transformación:
– Que al menos el 75 % de los socios estén empadronados, con anterioridad al 1 de enero de 2002, en algún municipio de Castilla y León.
– Que al menos el 75% de los socios ostenten la condición de Agricultor a Título Principal.

Documentos asociados

Boletín: 03/02/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 23s
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/03/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 51
Documento: Modificación Descargar Documento