Ayudas a la participación del sector audiovisual en festivales, ferias y otros eventos profesionales (Generazinema Promoción 2026).

Código de ayuda:

S08400/26

Norma:

ORDEN FORAL 8E/2026, de 6 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a la participación del sector audiovisual profesional navarro, en festivales, mercados, ferias y
eventos profesionales relacionados con el sector audiovisual que se lleven a cabo entre el 1 de
noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima total por solicitante será de 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas que estén empadronadas en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde
el 1 enero de 2025.
b) Sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de
unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A): Acciones de promoción diseñadas específicamente para películas candidatas, nominadas o premiadas en los premios Goya.
Modalidad B): Participación en festivales, mercados, ferias y eventos profesionales de
cinematografía y audiovisual.

a) Pago de la cuota de acreditación o inscripción en el evento objeto de la solicitud, para un máximo de dos personas.

b) Alojamiento, manutención y desplazamiento al evento, para un máximo de dos personas, limitados a las condiciones señaladas a continuación:
I. Alojamiento: máximo de 120 euros por persona y día. La factura deberá recoger los datos de las
personas que pernoctan.

II. Manutención: máximo de 60 euros por persona y día (solo para comidas y cenas). En la relación de facturas se debe reflejar el número de personas a las que corresponde el gasto.

III. Desplazamiento:–En caso de utilizar vehículo propio, se abonará 0,35 euros por kilómetro, más gastos de parking y peaje.

–Si se utiliza un vehículo alquilado, se considerará gasto subvencionable el coste del alquiler y el
combustible.–En caso de utilizar avión, tren o algún otro transporte público, se abonará como máximo el
importe del billete ordinario en clase turista. Además, se consideran subvencionables los gastos de
taxis y/o VTC para trayectos urbanos.

c) Alquiler y acondicionamiento de stand.

d) Comunicación y publicidad: gastos de comunicación y publicidad de la/s película/s objeto de la promoción, tales como:–Gastos de contratación de agentes de prensa y de comunicación.–Edición de publicaciones en diferentes soportes.–Gastos de campañas publicitarias.–Gastos de diseño gráfico para elementos de difusión o comunicación.–Gastos de edición de vídeo o piezas audiovisuales de difusión o comunicación.–Gastos de materiales promocionales, así como soportes de señalética y decoración.

e) Subtitulados de la/s película/s objeto de la promoción, siempre que sean necesarias para el
evento para el que solicita la ayuda.

f) Generación de copias de DCP de la/s película/s objeto de la promoción, siempre que sean
necesarias para el evento para el que solicita la ayuda.

En el caso de la modalidad A, además:
g) Alquiler de espacios para la proyección y promoción de la película.

h) Actos protocolarios como cócteles y otros eventos similares, con un máximo de 600 euros.

Requisitos:

1. Podrán acceder a las ayudas establecidas en esta convocatoria las siguientes personas y
entidades:
a) Personas físicas que estén empadronadas en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 enero de 2025.
b) Sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica.

Estas entidades deberán tener su domicilio social y venir desarrollando su actividad en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 de enero de 2025, así como tener social o estatutariamente como objeto o fin social el desarrollo de actividades audiovisuales o cinematográficas.

2. Además, los solicitantes deberán formar parte del equipo artístico o técnico de la productora
titular de la/s película/s que se promocionarán en el evento para el que se solicita la ayuda.

3. Las personas físicas y jurídicas referidas en el apartado anterior deberán estar inscritas como
productoras en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA, en el momento de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 20/03/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 57
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento