Ayudas a la paralización definitiva de los buques pesqueros para el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S65064/07

Norma:

Orden de 15 de mayo de 2008. Orden de 4 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas al amparo de la Orden de 28 de noviembre de 2000 por la que se establecen las bases y condiciones y se regula el procedimiento de concesión de ayudas a la paralización definitiva de buques pesqueros (DOG nº 245, del 20 de diciembre) en su vigente redacción, para el año 2008.

Con carácter general, y salvo que la resolución individual de la ayuda disponga lo contrario, la paralización
definitiva, cualquiera que sea su forma de realización desguace o asignación definitiva a tareas no pesqueras deberá realizarse antes del día 1 de noviembre de 2008 y presentarse la documentación para el pago antes del 15 de noviembre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se otorgarán con cargo a la aplicación 14.03.723A.770.1, en la que existe crédito adecuado y
suficiente hasta un importe de 460.102,23 euros, que queda reservado a efectos de esta orden.

Este importe podrá ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias sin que esto dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, salvo indicación expresa en contrario en la orden que se publique al efecto.

Las solicitudes presentadas que sean seleccionadas y reúnan todos los requisitos serán resueltas de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los proyectos que, presentados al amparo de la Orden de 4 de octubre de 2007, cumplan las condiciones necesarias para ser beneficiarios, no fuesen seleccionados por falta de crédito y soliciten expresamente participar en esta convocatoria.

Los proyectos serán seleccionados siguiendo el orden riguroso de prelación establecida en la lista elaborada y firmada por la comisión evaluadora de las ayudas convocadas por dicha Orden de 4 de octubre de 2007, cuya puntuación es resultado de la aplicación del baremo establecido en el artículo 11 de dicha orden (DOG nº 198, del 11 de octubre).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La finalidad específica de estas ayudas es la de contribuir a alcanzar un equilibrio duradero entre los recursos de la pesca y su explotación mediante el ajuste del esfuerzo pesquero, a través de la paralización definitiva de las actividades pesqueras de los buques.

La paralización definitiva de las actividades pesqueras de los buques podrá lograrse mediante:

a) El desguace del buque.

b) El traspaso definitivo del buque a un país no perteneciente a la Unión Europea, previo acuerdo de las autoridades competentes del país de que se trate, siempre que se respeten todas las condiciones siguientes:

-Que existan garantías adecuadas de que no se va a vulnerar el derecho internacional, en particular en lo que se refiere a las normas de conservación y gestión de los recursos del mar u otros objetivos de la política pesquera común y en lo que se refiere a las condiciones de trabajo de los pescadores.

-Que el tercer país al que se traspase el buque no sea un país candidato a la adhesión.

-Que el traspaso suponga una reducción del esfuerzo pesquero respecto de los recursos previamente explotados por el buque traspasado; no obstante, no se aplicará este criterio cuando el buque traspasado haya perdido posibilidades de pesca en el marco de un acuerdo pesquero con la Comunidad o en el marco de otro acuerdo.

c) La asignación definitiva del buque a tareas que no sean pesqueras.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 198
Documento: Modificación Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/06/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento