Ayudas a la paralizacion definitiva de los buques pesqueros, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Pesca. Convocatoria 2012.- Modificación.- Ampliación crédito.

Código de ayuda:

S43837/10

Norma:

Orden de 30 de junio de 2010. Orden de 13 de diciembre de 2010. Orden de 10 de diciembre de 2010. ORDEN de 12 de diciembre de 2011. ORDEN de 9 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de enero de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2012 ayudas a la paralización definitiva de las actividades pesqueras de los buques pesqueros.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Prima por desguace:

Categoría por tonelaje del buque (GT)/ Importe máximo de la prima (€):

0<10 / 11.500 x GT + 2.100

10<25 / 5.250 x GT + 65.100

25<100 / 4.410 x GT + 86.100

100<300 / 2.835 x GT + 243.600

300<500 / 2.310 x GT + 401.100

500 o mais / 1.260 x GT + 926.100

b) Prima por hundimiento para la reconversión en arrecifes artificiales: mismo baremo que el desguace.

c) Prima en el caso de que el buque se reconvierta a tareas no pesqueras de carácter no lucrativo: mismo
baremo que el desguace.

d) Prima en el caso de que el buque se reconvierta a tareas no pesqueras de carácter lucrativo: los importes máximos de la prima por desguace se reducirán en un 50%.

Las ayudas mencionadas cuentan con la financiación del FEP en un 61% e del Estado miembro en un 39%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los propietarios de buques pesqueros de la 3ª lista del Registro de Matrícula de Buques que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La paralización definitiva de las actividades de pesca de buques pesqueros.

Requisitos:

a) El buque tiene que tener una antigüedad mínima de diez años, tener su puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia y encontrarse de alta en Registro de Buques Pesqueros de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

b) El buque deberá tener una actividad pesquera mínima de 90 días de pesca en cada uno de los dos períodos de doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la paralización definitiva o 120 días de pesca en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de paralización definitiva.

c) El buque no deberá estar ofertado como baja para una nueva construcción o modernización.

d) El buque tiene que estar incluido en un plan de ajuste del esfuerzo pesquero según el artículo 21º letra a) del Reglamento (CE) 1198/2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca.

e) Que al solicitar la ayuda, el buque esté libre de cargas y gravámenes, salvo que su cancelación esté suficientemente garantizada o se presente autorización expresa de la entidad crediticia para solicitar esta ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 09/07/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 17/12/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 241
Documento: Ampliación de crédito. Descargar Documento
Boletín: 28/12/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 248
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/12/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 245
Documento: Modificación, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/07/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 138
Documento: Ampliación crédito. Descargar Documento