Ayudas a la paralización de su actividad a los armadores o propietarios de buques con puerto base en Cantabria que faenen en la costera de la anchoa.

Código de ayuda:

S75773/09

Norma:

Orden DES/84/2009, de 17 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2009 de las ayudas a armadores o propietarios de buques con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de la paralización temporal de la flota que faena en la costera de la anchoa, a conceder en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas se determinará en función del número de días que efectivamente los buques cumplan con las condiciones de la paralización durante el período comprendido entre el 24 de abril y el 30 de octubre de 2009, ambos inclusive, siendo subvencionables un máximo 40 días.

Las paradas subvencionables podrán realizarse hasta en 3 períodos, no pudiendo ser ninguno de ellos inferior a 10 días.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los armadores o propietarios de los buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria que reúnan los siguientes requisitos:

a) No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, en especial no estar al día con sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social.

b)Que durante el período de paralización, la inactividad pesquera haya sido total y el buque haya permanecido amarrado a puerto.

c)Que no realicen actividades profesionales en otras modalidades de pesca durante el período de parada.

Requisitos:

Los buques que hayan realizado la paralización subvencionable, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar inscrito en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

b) Pertenecer a la modalidad de cerco Cantábrico Noroeste.

c) Estar autorizados por la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, para la pesca al cerco en las zonas CIEM VII y VIII a, b, d (aguas comunitarias) y VIII c. (aguas comunitarias no españolas), lo que se verificará por la Dirección General de Pesca y Alimentación, en el período comprendido entre el 1 de abril al 30 de junio de 2009, ambos días incluidos.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 242
Documento: Bases,Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento