Ayudas a la nueva participación de agricultores en regímenes de calidad, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S02191/18

Norma:

ORDEN de 18 de diciembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de mayo de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las ayudas a la nueva participación de agricultores en regímenes de calidad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, que cumplan la condición de agricultor activo conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y en el capítulo I del título II del Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, y que participen por primera vez en alguno de los regímenes de calidad de los productos agroalimentarios definidos en la letra b) del artículo 2 y recogidos en el PDR de Galicia 2014-2020.

2. En el caso del programa de calidad relativo a la producción ecológica, también tendrá la consideración de nueva participación aquella que se refiera a agricultores/as que, teniendo previamente actividad en dicho programa, inicien la actividad de producción ecológica con destino al mercado en relación con alguna nueva orientación productiva. En todo caso, esta nueva orientación productiva debe tener una dimensión económica suficiente para superar la consideración de actividad de autoconsumo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los costes fijos ocasionados por la inscripción en un régimen de calidad y la cuota anual de participación en dicho régimen, incluidos, en su caso, los costes de los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones del régimen. No se considerarán subvencionables los costes internos o de autocontrol.

La cuantía de la ayuda será del 100 % de los gastos subvencionables realizados, sin superar los 3.000 euros anuales por explotación, durante un período máximo de cinco años.

Documentos asociados

Boletín: 09/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 6
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 6
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento