Ayudas a la movilidad internacional de estudiantes con reconocimiento academico de las universidades catalanas.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S22119/12

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/1146/2012, de 7 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a estudiantes de las universidades catalanas que hayan sido seleccionados/as para una estancia académica de movilidad, con el fin de contribuir a la financiación de los gastos que conlleva estudiar en otros países.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con la finalidad de colaborar en la financiación de los gastos de movilidad, se concederá a los/las estudiantes que cumplan los requisitos de esta convocatoria y que hayan obtenido la puntuación mínima requerida, según los criterios de la base 8, una cantidad de 200,00 (doscientos) euros mensuales, para una duración máxima de la estancia de hasta seis meses, es decir, hasta un máximo de 1.200,00 (mil doscientos) euros en función del tiempo justificado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A, estancia académica, con reconocimiento académico, en el marco del programa ERASMUS, dirigida a estudiantes de las universidades catalanas.

Modalidad B, estancia académica, con reconocimiento académico, en el marco de los programas de movilidad internacional, dirigida a estudiantes de las universidades catalanas.

Requisitos:

a) Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en el caso de estudiantes no comunitarios, es aplicable lo que dispone la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España y su integración social.

b) Haber formalizado la matrícula en una universidad del sistema universitario de Cataluña en el curso académico 2011-2012, y estar matriculado de algún crédito.

Esta situación debe mantenerse mientras dure la ayuda. En la matrícula se hará constar el número de créditos matriculados.

Modalidad A: estar matriculado/a en alguno de los estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster universitario según el Departamento de Economía y Conocimiento (DEC) de la Generalidad de Cataluña (http://estudisuniversitaris.gencat.cat), o en estudios de primero y/o de segundo ciclo, o solo de segundo ciclo, o en estudios dirigidos a la obtención de títulos propios de las universidades catalanas, con la organización, la estructura, la duración y las características académicas equivalentes a los estudios que conducen a los títulos universitarios oficiales de primer ciclo, de primer y segundo ciclo o solo de segundo ciclo, situación que deberá mantenerse mientras dure la ayuda.

Modalidad B: estar matriculado/a en alguno de los estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster universitario, o en estudios de primer y/o de segundo ciclo, o solo de segundo ciclo, situación que deberá mantenerse mientras dure la ayuda.

En las dos modalidades es necesario cumplir los requisitos siguientes:

a) Haber superado, en el momento de presentar la solicitud, 60 créditos, como mínimo. Excepcionalmente, para aquellos programas de movilidad obligatoria de las universidades catalanas especificados en el apartado VI de este anexo, la fecha límite para cumplir y acreditar este requisito será el 30 de
septiembre de 2012.

b) Haber sido seleccionado/a por una universidad para una estancia en el marco de los programas de movilidad internacional. La AGAUR podrá requerir a la persona solicitante que acredite este punto en cualquier momento del procedimiento.

c) Tener un conocimiento suficiente de la lengua de docencia de la universidad o del centro de destino.

d) Tener como mínimo una nota media ponderada de 1,30 del expediente para las enseñanzas técnicas o de 1,60 para el resto de enseñanzas, calculada de acuerdo con los criterios que se especifican en la base 8.2. Para los estudios de segundo ciclo y de máster universitario se tendrá en cuenta, también, la nota media de los estudios que han dado acceso a estos para el cálculo de la nota media global.

Para ambas modalidades, quedan excluidos de esta convocatoria los estudios de máster no universitario, los cursos de posgrado, los de extensión universitaria y los doctorados. Asimismo, con respecto a la modalidad B también quedan excluidos los títulos propios.

Documentos asociados

Boletín: 15/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6150
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento