Ayudas a la mejora y modernizacion de las explotaciones agrarias del sector avicola de puesta, que utilizan el sistema de manejo en jaulas, mediante planes de mejora en la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2011.- Corrección.
Código de ayuda:
S25928/11Norma:
DECRETO 56/2011, de 29 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y normas de aplicación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de un régimen de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias del sector avícola de puesta, que utilizan el sistema de manejo en jaulas, mediante planes de mejora, conforme al Reglamento 1698/2005 y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER 2007-2013, así como,convocar las citadas ayudas en 2011.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda expresada en porcentaje será del:— 50% del importe de las inversiones subvencionables cuando la explotación esté situada en las zonas desfavorecidas establecidas en el artículo 36, letra a), incisos i), ii) y iii) del Reglamento 1968/2005 del Consejo de 20 de septiembre de 2005.
— 40% del importe de las inversiones subvencionables cuando la explotación esté situada en otras zonas.
El importe máximo de subvención por explotación se calculará multiplicando el número de animales elegibles de la explotación por los importes que se indican a continuación:
— 1,70 € por ave, para explotaciones cuyo número de animales elegible sea superior a 500.000 gallinas ponedoras.
— 2,00 € por ave, para explotaciones cuyo número de animales elegible sea superior a 100.000 e igual o inferior a 500.000 gallinas ponedoras.
— 2,70 € por ave, para explotaciones cuyo número de animales elegible sea igual o inferior a 100.000 gallinas ponedoras.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los titulares de explotaciones ganaderas del sector de gallinas de puesta, que utilizan el sistema de manejo en jaulas, que generen como mínimo una unidad de trabajo agrícola (UTA) por esta actividad, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La adquisición de jaulas nuevas.b) La adaptación de jaulas existentes.
c) La nueva construcción de naves, equipamientos e instalaciones para albergar las jaulas reglamentarias.
d) La adaptación de instalaciones existentes.
e) Honorarios de técnico derivados de proyectos, hasta el 4% del valor de la inversión proyectada.
Requisitos:
a) Ser titular de una explotación, que esté inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) y en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura antes del 1 de enero de 2003 como granja de producción de huevos Gallus criadas en jaulas.b) Encontrarse en activo el 1 de enero de 2011 y hasta la fecha de la solicitud.
c) En caso de entidad con personalidad jurídica propia, que resulte de la agrupación exclusivamente de titulares preexistentes, constituidas con posterioridad al 1 de enero de 2003, o de un cambio de titularidad, basta con que los titulares iniciales cumplan los requisitos de inscripción y actividad previstos en los apartados a) y b), exceptuando a la persona jurídica como tal del cumplimiento de los mismos.
d) Ser persona física o entidad con personalidad jurídica propia que tengan domicilio fiscal en Extremadura.
e) Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación y mantener las inversiones objeto de ayuda durante al menos cinco años, contados desde la fecha de certificación de realización de inversiones y cumplimiento de compromisos.
f) Cumplir la explotación con lo establecido en la Directiva 1999/74/CE, el Real Decreto 3/2002, así como cualquier otra normativa comunitaria, estatal y autonómica que le resulte de aplicación en materia de higiene y bienestar animal.
g) Presentar un plan de mejora de su explotación que demuestre mediante cálculos específicos que las inversiones están justificadas desde el punto de vista de la situación de la explotación y de su economía, y que su realización supondrá una mejora duradera.
h) Acreditar que la explotación cuenta con una dimensión técnica y económicamente viable, alcanzando esta condición cuando su renta unitaria de trabajo sea superior al 35% de la renta de referencia.
i) Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Estatal y Autonómica y la Seguridad Social.
j) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
06/05/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
10/02/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 28
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 28
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento