Ayudas a la mejora de la produccion y comercializacion de la miel.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S20746/13

Norma:

Orden GAN/36/2013, de 27 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para 2013 de las ayudas a la mejora de la producción y comercialización de la miel, a conceder en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas inscritas con anterioridad
al 1 de enero de 2012 en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.

b) Agrupaciones de apicultores, siempre y cuando cuenten con personalidad jurídica propia y estén integradas en su mayoría por apicultores que cumplan el requisito establecido en el
apartado anterior, mientras que el resto de apicultores, teniendo que estar registrados en su
totalidad a fecha de solicitud de la ayuda, pueden haber sido inscritos en el registro con posterioridad al 1 de enero de 2012.

c) Laboratorios debidamente reconocidos de esta Comunidad Autónoma que efectúen o puedan efectuar análisis de las características fisicoquímicas de la miel.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Ayudas orientadas a la asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores con el fin de mejorar las condiciones de producción y de extracción de la miel:

1.- Contratación de servicios de especialistas en la materia. El importe de la ayuda podrá
alcanzar el 90% de su coste.

2.- Inversiones en medios de divulgación técnica y en cursos de formación. El importe de la
ayuda podrá alcanzar el 90% de su coste.

B) Ayudas encaminadas a la lucha contra la varroosis y mejora de las condiciones de tratamiento de las colmenas:

1.- Adquisición de tratamientos quimioterápicos y/o tratamientos compatibles con la agricultura ecológica contra la varroosis, autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios. Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste.

2.- Renovación de cera mediante la adquisición de láminas de cera. Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste. El número de láminas subvencionables no podrá superar el correspondiente
al 20% del censo de colmenas que consten en el Registro de Explotaciones Apícolas, a razón de 20 láminas por colmena.

3.-Sobrealimentación de las colmenas. Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste.

Las ayudas contempladas en los puntos 2 y 3 solo se concederán a aquellos apicultores beneficiarios de las ayudas contempladas en el punto 1 y siempre que se cubran las necesidades
financieras para asistir las solicitudes de las mencionadas medidas del punto 1.

C) Ayudas destinadas a la racionalización de la trashumancia:

1.- Identificación de colmenas y cuadros. Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste, con un máximo de 3 euros por colmena.

2.- Adquisición de medios de transporte y manejo de colmenas, incluyendo remolques y carretillas, mallas de cobertura, sistemas móviles de extracción de la miel, así como otros equipos y útiles necesarios en la trashumancia. Se podrán subvencionar hasta el 50% de su coste.

3.- Gastos de mejora y acondicionamiento de asentamientos, caminos y sendas. Solo se concederá a solicitantes que puedan justificar un censo mínimo de 35 colmenas en el asentamiento objeto de mejora, a fecha de solicitud de las ayudas. Se podrá subvencionar hasta el 50% de su coste.

4.- Contratación de seguros de daños propios y responsabilidad civil de las colmenas (siempre
que las pólizas no contemplen garantías incluidas en el sistema de Seguros Agrarios combinados).

Excepcionalmente, también podrán acogerse a esta línea de ayuda las explotaciones apícolas clasificadas como estantes. Se podrá subvencionar hasta el 50% de su coste.

— No se subvencionará la adquisición de vehículos a motor ni grúas.

D) Ayudas destinadas a laboratorios de análisis de las características físico-químicas de la
miel:

1.- Adquisición, por parte de laboratorios reconocidos de esta Comunidad Autónoma, de equipos de análisis de las características físico-químicas de la miel. Los solicitantes deberán justificar claramente la utilización de dichos equipos para los fines perseguidos. Podrá subvencionarse hasta el 50% del coste de los equipos con un máximo de 6.000,00 €.

2. La subvención individual máxima a conceder se fijará, en función de la clasificación de
explotaciones apícolas establecida en el artículo 2.g), del Decreto 87/2007, de 19 de julio, de ordenación de las explotaciones apícolas en Cantabria, con los siguientes límites máximos:

a) Explotación de autoconsumo: 600,00 euros.

b) Explotación no profesional: 3.000,00 euros.

c) Explotación profesional: 18.000,00 euros.

d) Agrupaciones de apicultores de, al menos, tres explotaciones apícolas profesionales:

60.000,00 euros.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento