Ayudas a la mejora de infraestructuras en explotaciones ovinas.

Código de ayuda:

S13382/04

Norma:

Convocatoria de 28 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a las explotaciones ovinas radicadas en la provincia de Teruel, a mejorar sus niveles de gestión y aprovechamiento de los recursos humanos y materiales, a través de la subvención al vallado, y/o mejora de los sistemas de alimentación de las explotaciones.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Diputación Provincial de Teruel (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 50% de los gastos justificados, por la realización de una o las dos mejoras especificadas, con un tope máximo de subvención de 1.000 euros por explotación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ovinas radicados en la provincia de Teruel y con domicilio social y fiscal en la misma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes mejoras en las infraestructuras de las explotaciones:

a) La adquisición de materiales (exclusivamente) para el vallado fijo o semifijo (para pastoreo rotacional) de superficies pastables de la explotación mediante el tipo de valla o cerca denominada “ganadera” u “ovejera”, con una altura desde el suelo entre 1 y 1,80 metros, formada por malla o tela metálica reticulada y postes o piquetes metálicos o de madera cresotada.

b) La adquisición de comederos que permitan la optimización de los recursos humanos y mecánicos de la explotación, no incluyéndose entre éstos, los denominados sistemas de distribución automática, ni los tradicionales comederos de recarga del alimento “a mano”.

Requisitos:

Serán excluidas las explotaciones ubicadas dentro del casco urbano que no tengan Licencia de Actividad en base al Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, o no estén regularizadas en base al Decreto 2001997 de D.G.A..

Documentos asociados

Boletín: 11/05/2004
BO Provincia de Teruel- Nº 87
Documento: Convocatoria Descargar Documento